Hola a todos, quisiera saber cual es el plazo que debo tomar para la prescripción de un prestamo personal con pagarés. En algunos lados lo asimilan con el plazo de las tarjetas de crédito y hablan de tres años, otros de cinco y otros de diez. Uno fue solicitado en una tarjeta de crédito, otro en una empresa de electrodomesticos y otro en una empresa prestamista.
Este comentario es en base a defensa del consumidor con información general sobre ello, no estrictamente jurídico.
Con el Código viejo las deudas de tarjeta prescribían a los tres años juicio ejecutivo y más tiempo para un juicio común.
Las demás deudas creo eran a diez años.
El nuevo Código dice que las deudas prescriben a los cinco años, verificar en el texto.
Sobre tarjetas no dice nada, por lo que creo sigue lo anterior; un letrado sabrá más al respecto.
Pero lo importante es que dice que las deudas prescriben a los cinco años.