Buenos idas COLEGAS!!!: mi consulta es la siguiente, me vino a ver un cliente que trabajo en Gendarmeria hasta agosto de este año, con fecha de ingreso en el año 2006, Le dan de baja invocando la LEY DE GENDARMERIA NACIONAL Nro 19349, su modificatoria LEY 22534 y la Directiva Sobre Baja de Personal Uniformado (BPGN 1021 apartado 3) y el decreto 2259/84, calificándolo como INEPTO (??) para las funciones de su grado, no le pagaron indemnización, solamente el mes de agosto que fue el ultimo que trabajo. Pueden invocar una Ley fe Gendarmeria sobre la LCT???? Estoy medio confundido, agradezco sus comentarios.
Dr Gustavo Molina.
Dr Gustavo Molina.