Hola!! Quería hacerles una consulta... estoy haciendo mi primer juicio laboral en provincia. La vista de la causa es en mayo. Las cédulas de los testigos que propongo yo ya las confeccioné y las dejé en la oficina de mandamientos. La pregunta puntual es: tengo que esperar que el oficial notificador le entregue al testigo la cédula y recién ahí en la oficina me dan la cédula sellada y debidamente diligenciada y esa es la que debo llevar al juzgado para acreditar que se citó al testigo? Así es? o sea no tengo que hacer nada más no? Tengo miedo de hacer algo mal u omitir de hacer algo y que caduque la prueba ya que de los testigos dependo básicamente para que se gane el juicio.
Por favor ayudaaa!!!
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