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  • Caducidad de Impugnación de Filiación

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1125229  por DrOcto
 
Hola estimados colegas, les quería hacer una pregunta.
En un caso donde el padre está demandando la impugnación de los hijos (desde hace varios años sabe que no son sus hijos) el plazo de caducidad es de 1 año. Interpongo excepción de prescripción y hago referencia a que por analogía se aplica dicha figura procesal, o bien tengo que interponer una revoccatoria contra la resolución que tiene por presentada la demanda ya que el CCCN dice que el juez de oficio debe declarar la caducidad.
Gracias.
 #1125292  por DrOcto
 
Si, eso ya lo sé. Pero quiero saber si puedo hacer "uso" de la caducidad mediante una excepción de prescripción (todavía no contesté demanda ni se me venció el plazo para hacerlo). Mi duda radica en que los códigos procesales no se actualizaron al nuevo código, y solamente establecen la "caducidad de instancia", no hay ningún tipo de recurso o excepción que se relacione con la caducidad del derecho que fija el CCCN.
Gracias