Buenas tengo una conaulta, un compañero ingreso a la empresa el dia 01/10/2010, cumplió el periodo a prueba de 3 meses y no lo dejaron efectivo por falta de cupo. En marzo del 2011 se abre un cupo y el dia 22/03/2011 lo vuelven a llamar dejandolo efectivo. En el recibo figura como fecha de ingreso esta ultima (22/03/2011), mi duda es si no tendria que figurar la fecha de ingreso 01/10/2010? Em caso de ser asi como puedo reclamarlo? Saludos
Si bien el período de prueba deberá computarse como tiempo efectivo de servicios a los efectos de la antigüedad (art. 92 bis, inc. 2º de la LCT), el empleador no debería registrar como antigüedad reconocida la primera fecha de ingreso, ya que ello implicaría alterar los libros del art. 52 LCT.
El empleador deberá registrar, en este caso, la segunda fecha de ingreso, aclarando en un campo aparte bajo el concepto "antigüedad reconocida", la fecha real más los dos o tres meses previos al inicio de eta relación laboral.
Dicho en otras palabras, no es lo mismo fecha de ingreso que antigüedad reconocida.
Saludos.