Un trabajador que cobro la indemnización por despido incausado. Ahora veo que no estuvo registrado los primeros nueve meses de la relación. Voy a pedir aplicación del Art. 1 de la 25323 y la injerencia de ese año en la indemnización abonada.
La duda es, si bien la sanción del art.1 es el doble del art.245, me parece una barbaridad, en relación a los 9 meses que estuvo en negro (aclaro que la indemnización que cobro fue muy alta)
La duda es, si bien la sanción del art.1 es el doble del art.245, me parece una barbaridad, en relación a los 9 meses que estuvo en negro (aclaro que la indemnización que cobro fue muy alta)