Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • DESPIDO EMPLEADO DE LA CONSTRUCCION ACCIDENTADO

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1126253  por veronica2014
 
Buenos dias colegas, me llego un cliente que es empleado de la construccion durante el desempeño de sus tarea sufrio un accidente de trabajo donde le fueron amputado 2 dedos de la mano izquierda. Cuando la Art le da el alta medica se presento a trabaja y en la empresa la dijeron que no tenia nada para que el pudiera realizar. Por eso me llega a consultar a mi Automaticamente envie TCL solicitando aclare situacion laboral y por otra parte impugne el alta medico por no determinar discapacidad ni tarea que pudiera realizar.
El empleador niega que se alla presentado a trabajar, 3 dias despues manda CD indicando que finalizo la obra dando por concluido el vinculo laboral, liquidacion final, libreta de fonde de cese y certificados art 80 a su disposicion.

Mis consultas son:
si bien en el gremio de la construccion las contrataciones no son por tiempo indeterminado puede el empleador concluir el vinculo laboral durante la licencia por el accidente? Le cabe alguna multa por el distrato?
 #1126302  por Arbeiter
 
Hola!!
veronica2014 escribió: puede el empleador concluir el vinculo laboral durante la licencia por el accidente?
Si puede, si está en estado de ILT lo pueden despedir, si impugnás el alta en Comisión lo podés hacer por dos motivos:
1. Por divergencia en la ILP Pidiendo que te determinen incapacidad.
2. Por divergencia en la ILT pidiendo que le reanuden el tratamiento, en ese caso la ART debe seguir pagando el sueldo por mas que el trabajador no esté trabajando.
veronica2014 escribió: Le cabe alguna multa por el distrato?
Si el trabajador estaba totalmente en blanco, no habría multas.