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  • AYUDA incumplimiento de oferta?

  • Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
 #1126422  por dracapitalyentrerios
 
Me llegó un caso de defensa del consumidor y no se bien como encararlo. Espero que alguien con más experiencia en este tema me pueda ayudar. El caso es así:
Mi cliente compra en cybermonday dos pasajes a París a $15000 (ambos pasajes), oferta que era ofrecida por la empresa porelmundo.com.
Luego en una serie de mails mi cliente envía los datos de sus tarjetas y porelmundo le envía los pasajes en formato digital.
A la semana porelmundo le envía un mail diciendo q se cancelaba la compra por problema con las tarjetas. El se comunica telefonicamente con los bcos y le dicen que no hubo ningun problema, q ellos habian aprobado la compra pero q porelmundo cancelo la aceptación de la misma sin motivo alguno.
Si bien no tuvo q abonar la compra, ya que todos los meses en el resumen de las tarjetas le aparecía el débito de la compra pero más abajo se le acreditaba el importe (tengo entendido que esta modalidad de "cancelación" le afectaba su límite de compra)
Mi duda es si está bien encarar la demanda de daños por no efectivizacion de la oferta?
Si bien el perjuicio efectivamente sufrido es la afectación a su límite de compra por el modo en q "cancelaron" la compra, esta cancelacio se hizo de modo unilateral y perjudicó a mi cliente en q el no puede pagar la totalidad de ambos pasajes.
Por favor necesitó opiniones y consejos de como encarar el tema.
Desde ya muchas gracias!
 #1126587  por BUENOOLGADOMINGA
 
PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR-OFERTA AL CONSUMIDOR-OBLIGACIONES DEL OFERENTE
Con la obligación impuesta a los proveedores de bienes y servicios en el art. 36 de la ley 24.240 lo que se pretende es preservar a los consumidores en general, a fin de evitar equívocos en al naturaleza y alcance de los servicios que se ofrecen al público, que puedan generar en los posibles interesados comportamientos erróneos con relación a sus interés respecto al verdadero servicio que se ofrece.

Rige el Indubio Pro Consumidor, solo puede rescindir unilateralmente la agencia de viajes, en caso fortuito o fuerza mayor, cuando el consumidor no cumple con el pago de la reserva en termino, o que el cosumidor a ultimo momento haga modificaciones del contrato o del itinerario perjudicando al oferente del servicio.

El consumidor, tiene derecho de rescindir del contrato, o cancelarlo, previa noticficacion fehaciente por causas justificadas, si pago tiene derecho a la devolucion de lo pagado.

Bajo ningun concepto la agencia puede rescindir unilateralmente del contrato virtual si no existe las causas enunciadas anteriormente, caso contrario debera indeminizar al consumidor por los daños y perjucios causados, daño moral la de frustar la ilusion de toda una familia que tenia contratado un viaje al exterior. ademas debe denunciarlo en el Ministerio de Turismo, hasta puede que se le cancele el permiso para continuar operando como agencia de viajes.

El contrato virtual, surte los mismos efectos que el contrato escrito cuando se encuentra en juego los derechos del consumidor.