Buenas, escribo este post ya que tengo dudas y tal vez algún colega más experimentado pueda acercarme más certidumbre al respecto. Tengo una sucesión con herederos residentes en España. El Poder Especial está hecho ante escribano español, pero el convenio de honorarios requiere también una certificación de firmas para mi seguridad? Si me lo enviaran sin certificación, supongo que de surgir alguna controversia citaría al reconocimiento de firmas, y pactando domicilio legal aquí, de no presentarse etc. las tendría por reconocidas, pero sin llegar a eso (nosotros que pensamos en todo), ¿cuál es la forma mas segura de pactar honorarios y poder efectivamente cobrarlos sin tener inconvenientes?
Los honorarios los pacto con jurisdicción argentina en caso de suscitarse algún problema, domicilio legal de ambas partes aquí, y el cobro fue acordado una vez vendido un bien del acervo hereditario. Ejecutable a 15 días de finalizado el procedimiento. Esto fue así porque no poseen dinero ni siquiera para los gastos del proceso, por cuanto deberé acreditar todo ello después. Mi inseguridad surge a partir de que los poderdantes no se dispongan efectivamente a vender un bien que pueda saldar los honorarios y gastos, teniendo que adentrarme luego en otro proceso para cobrar.
Si alguien tuviese experiencia con residentes en el extranjero, y pudiera guiarme en cuanto a formas de realizar el convenio para mayor seguridad, agredecería mucho la orientación al respecto.
Aguardo comentarios, muy buenas tardes y desde ya gracias totales
Los honorarios los pacto con jurisdicción argentina en caso de suscitarse algún problema, domicilio legal de ambas partes aquí, y el cobro fue acordado una vez vendido un bien del acervo hereditario. Ejecutable a 15 días de finalizado el procedimiento. Esto fue así porque no poseen dinero ni siquiera para los gastos del proceso, por cuanto deberé acreditar todo ello después. Mi inseguridad surge a partir de que los poderdantes no se dispongan efectivamente a vender un bien que pueda saldar los honorarios y gastos, teniendo que adentrarme luego en otro proceso para cobrar.
Si alguien tuviese experiencia con residentes en el extranjero, y pudiera guiarme en cuanto a formas de realizar el convenio para mayor seguridad, agredecería mucho la orientación al respecto.
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