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  • CONSULTA PRESCRIPCIÓN - AUDIENCIA MINISTERIO

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1128454  por Iusgus2013
 
Buenas tardes Colegas. Una consulta: En Agosto de 2014 mi cliente llego un arreglo por despido indirecto en el Ministerio de Trabajo por $40 mil. La liquidación daba $150 mil. Ahora bien, quiere inicia acciones por las diferencias salariales. Obviamente, el arreglo lo llevo adelante otro colegas atento a que, si mal no tengo entendido, no puede iniciar ambos procesos (administrativo y judicial) el mismo abogado para evitar cualquier tipo de problema o denuncia.
Mi consulta es la siguiente:
1) El despido indirecto fue en abril de 2016. La audiencia en el Ministerio se cerro en Agosto de 2014, los dos años se cumplirian abril 2016? o la celebración de la audiencia corto la prescripción por un año? Es lo que me confunde, no comprendo si corto por un año (hasta agosto 2015) y de ahi computo la diferencia: o sea el año y 8 meses que queda.

Desde ya, muchas gracias a todos. Saludos
 #1128462  por Iusgus2013
 
lorena2013 escribió:La prescripción abril 2016 + El SECLO que suspende por 6meses: Opera octubre2016.

Ahora bien, yo revisaría ese acuerdo y más si esta homologado

Muchas gracias por la respuesta Lorena. Es Ministerio (provincia) la operatividad es la misma que el Seclo (6 meses)?
Perdon, pero el estar homologado, no habilita el reclamo de diferencias?
 #1128467  por eltam88
 
En Prov interrumpe (no suspende) la prescripción el trámite ante el Ministerio. Interrumpe máx 6 meses o lo que dure el trámite.
Si se homologó ya está, es cosa juzgada admistrativa, esa es la Jurisprudencia de la SCBA.
 #1128494  por Iusgus2013
 
eltam88 escribió:En Prov interrumpe (no suspende) la prescripción el trámite ante el Ministerio. Interrumpe máx 6 meses o lo que dure el trámite.
Si se homologó ya está, es cosa juzgada admistrativa, esa es la Jurisprudencia de la SCBA.
Muchas gracias por la predisposición. Mi cliente solo tiene el acta del acuerdo que se celebro con la firma de las partes y del audiencista. No tiene nada homologado. Entiendo que el empleador pudo haber homologado el acta, quizas debe verificarlo en el Ministerio si ese expediente se encuentra en tal situación. Puede que la otra parte la haya homologado y mi cliente no sepa nada? Quizas es burda la consulta, pero estoy con esa duda puntualmente.
Mil gracias a ambos nuevamente por la ayuda. Saludos!
 #1128520  por eltam88
 
Andá al Ministerio y pedí el expte. Ahí verás si regsitraron u homologaron. Si registraron podés pedir diferencias.