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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1129131  por kellygi
 
Colegas les consulto: un trabajador por orden del médico (reposo por 3 dias) no fue a trabajar. Pasados los 3 días se presentó al lugar de trabajo y no permitieron su ingreso. Se volvió a su casa y fue al día siguiente y paso lo mismo,no lo dejaron trabajar. A los dos días va el empleador a verlo a la casa y le exige que le presente la renuncia .,lo cual no hizo. A pocos días le llego telegrama íntimandolo a reintegrarse a sus tareas bajo apercibimiento de recindir la relación laboral. Fue en ese momento que vino a verme , redacte un telegrama aduciendo la negativa a dar tareas y mencionando el certificado médico que en su momento se le presentó,intimamdolo a dar tareas bajo apercibimiento de considerarse despedido. No contesto dicho telegrama y enviamos otro en donde se daba por despedido X su exclusiva culpa al persistir la negativa a dar tareas e ingreso al lugar de trabajo. Hoy contestaron diciendo que al no estar justificada la inasistencia daban X resindido el contrato laboral y poniendo a su disposición fondo de desempleo.
Pero el si les presento dicho certificado en su momento.
Mi duda es si mi cliente puede aceptar la liquidación que le ofrecen y luego reclamar las indemnizaciones X despido. O no acepta y reclamo todo junto?
Y ahora , tendría que contestar este último telegrama? O directamente preparó demanda
Es un trabajador de la construcción
 #1129142  por andresxeneizes
 
No contesto dicho telegrama y enviamos otro en donde se daba por despedido X su exclusiva culpa al persistir la negativa a dar tareas e ingreso al lugar de trabajo. Hoy contestaron diciendo que al no estar justificada la inasistencia daban X resindido el contrato laboral y poniendo a su disposición fondo de desempleo.
a ver vamos por partes yo entiendo que una vez que una de las partes disuelve el vinculo, ya no importa lo que diga la otra porque el vinculo esta disuelto.
Si tu cliente se considero despedido por negativa a dar tareas y no contestaron el telegrama, estan al horno con papas.
La respuesta de ellos, como te dije, al ya estar disuelto el vinculo laboral de nada sirve, ademas aun cuando sirviera esa respuesta es erronea ya que no es causal de despido no justificar las inasistencias.
Mi duda es si mi cliente puede aceptar la liquidación que le ofrecen y luego reclamar las indemnizaciones X despido.

si
Y ahora , tendría que contestar este último telegrama?
que rechazas los terminos de dicho telegrama, que las inasistencias no son causal de despido, y no mucho mas, y que reclamas el pago de la indemnizacion sin causa y entrega de certificados de trabajo en plazo de ley
 #1129146  por sanjuanino
 
Convengo con el compañero Andrés
 #1129193  por adessoma
 
Estimados: En el estatuto de la ind. de la construcción no procede el reclamo por indemnización por despido. El trabajador simplemente cobra el fondo de cese y listo. Técnicamente está mal decir "bajo apercibimiento de considerarme injuriado y despedido por V. culpa" ya que el trabajador siempre cobra el fondo, no importa si es por despido, renuncia, etc.
De hecho, está mal que el empleador lo intime bajo apercibimiento de abandono de tareas, porque si quiere despedir no es necesario invocar causal alguna.
Por otro lado, es habitual que los trabajadores de la construcción tengan diferencias salariales por infraregistración. Frente a este supuesto, el trabajador carece de la aptitud de reclamar las diferencias en atención a lo que dice el art. 19, 2do. párrafo del estatuto.
Muy probablemente, ya nada pueda hacer tu cliente.
Un abrazo.
 #1129261  por sanjuanino
 
Se nos paso un elefante por la nariz..... tiene razón el compañero. Será por que hace mas de diez años que no hago nada referido a la construccion, con la que tuve malas experiencias
Salvooooooo...... (y permítanme el aporte modesto)
que el trabajador de la construccion este en negro, en ese caso tambien le seria aplicable la 24.013 (siempre y cuando sea bien intimado el empleador