Estimados colegas, soy un novel abogado, por tal motivo quería hacer una consulta quizás medio básica, les comento que tengo un cliente, al cual le llego un mandamiento de pago y embargo por deudas de alquiler de un galpón, el titular del contrato de locación no trabaja mas en ese local y en su lugar esta el fiador, intimé a dicho garante al pago de la deuda y este ultimo no tiene inconvenientes en abonar lo pendiente. La abogada de la contraparte no contesta, la llame incansablemente. La preguntas serian: como realizo el pago? tengo que abrir una cuenta judicial? quien la debe abrir el que intima el pago o mi cliente? Como lo presento en el juzgado? Por ahí leí que tengo que presentar una excepción, es correcto? Desde ya, muchas gracias por la paciencia. Pablo.
abogadoIT escribió:Estimados colegas, soy un novel abogado, por tal motivo quería hacer una consulta quizás medio básica, les comento que tengo un cliente, al cual le llego un mandamiento de pago y embargo por deudas de alquiler de un galpón, el titular del contrato de locación no trabaja mas en ese local y en su lugar esta el fiador, intimé a dicho garante al pago de la deuda y este ultimo no tiene inconvenientes en abonar lo pendiente. La abogada de la contraparte no contesta, la llame incansablemente. La preguntas serian: como realizo el pago? tengo que abrir una cuenta judicial? quien la debe abrir el que intima el pago o mi cliente? Como lo presento en el juzgado? Por ahí leí que tengo que presentar una excepción, es correcto? Desde ya, muchas gracias por la paciencia. Pablo.¿dónde tramitaría? (CABA, provincia de Buenos Aires, provincia de Córdoba, etc)
¿cual sería la excepción?
¿cuando fue intimado de pago? (fecha)

