Hola a todos:
Les cuento un caso que me tiene sin dormir.
Resulta que un señor X conoce a una Mujer Y quien estaba embarazada de Z, cuando da a luz la señora Y concurre a la oficina del Registro civil y anota al niño NN, al cabo de unos meses el señor X junto con la señora Y concurren al Registro civil y el señor X reconoce como propio al niño NN.
Llega a mi estudio la madre del señor X quien me solicita impugnar la paternidad del señor X ya que no es el legítimo padre.
Así las cosas, resulta que estoy trabado, por eso recurro a ustedes.
El único artículo del nuevo código aplicable para mi es el 593 que habilita a los terceros con un interés legítimo. En este caso la madre del señor X.
Ahora el tema es: ¿La demanda la debo iniciar contra el señor X, contra la señora Y o contra ambos? ¿Qué opinan ustedes?
¿Alguien tuvo un caso parecido? ¿Cómo lo encaminó?
Desde ya gracias.
Les cuento un caso que me tiene sin dormir.
Resulta que un señor X conoce a una Mujer Y quien estaba embarazada de Z, cuando da a luz la señora Y concurre a la oficina del Registro civil y anota al niño NN, al cabo de unos meses el señor X junto con la señora Y concurren al Registro civil y el señor X reconoce como propio al niño NN.
Llega a mi estudio la madre del señor X quien me solicita impugnar la paternidad del señor X ya que no es el legítimo padre.
Así las cosas, resulta que estoy trabado, por eso recurro a ustedes.
El único artículo del nuevo código aplicable para mi es el 593 que habilita a los terceros con un interés legítimo. En este caso la madre del señor X.
Ahora el tema es: ¿La demanda la debo iniciar contra el señor X, contra la señora Y o contra ambos? ¿Qué opinan ustedes?
¿Alguien tuvo un caso parecido? ¿Cómo lo encaminó?
Desde ya gracias.