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  • si hace falta notificar honorarios cuando firman la sentenci

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 #1130082  por Alidiaz
 
Tengo una duda... cuando mi cliente firma en el juzgado la sentencia, y en la sentencia esta el honorario... No hay que hacerle de nuevo cedula al domicilio?

Tengo dudas porque en el sentencia no estaban la previsiones de la ley de aranceles, para cuando le cobramos a nuestro representado, que hay que notificar al real y el otro articulo que se transcribe que debe abonar dentro de los diez días, etc. Y que se ponen transcriptos esos articulos en la cedula (en mi caso todas las partes firmaron en mesa de entrada)
 #1130111  por DRA. MACA
 
Alidiaz escribió:Tengo una duda... cuando mi cliente firma en el juzgado la sentencia, y en la sentencia esta el honorario... No hay que hacerle de nuevo cedula al domicilio?

Tengo dudas porque en el sentencia no estaban la previsiones de la ley de aranceles, para cuando le cobramos a nuestro representado, que hay que notificar al real y el otro articulo que se transcribe que debe abonar dentro de los diez días, etc. Y que se ponen transcriptos esos articulos en la cedula (en mi caso todas las partes firmaron en mesa de entrada)
Entiendo que si firmó la sentencia ya está notificado personalmente.