Emma2011 escribió:Analizando el tema la ley 26970 en su art. 1
ARTICULO 1° — Los trabajadores autónomos inscriptos o no en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), y los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), en adelante monotributistas, que hayan cumplido a la fecha o cumplan la edad jubilatoria prevista en el artículo 19 de la ley 24.241 dentro del plazo de dos (2) años desde la vigencia de la presente, podrán regularizar sus deudas previsionales conforme el régimen especial establecido en la presente ley.
El plazo de 2 años es en relacion a la edad, los que tengan 60 o 65 en ese plazo pueden regularizar sus deudas previsionales...
En mi opinion no es correcto poner un límite para adherir a la misma, ya que el requisito para poder regularizar sus deudas y obtener el beneficio es que cumplan la edad dentro de los 2 años.
Por eso estimo incorrecto el plazo que prevee Resolución Conjunta General 3673 y 533/2014 para adherir a la misma.
Que pasaria por ej.si una mujer cumple 60 años en julio/16 y va en noviembre/17 a pedir turno para jubilación: de acuerdo al art.1 de la ley 26970 en mi opinion estaria habilitada para solicitarla ya que cumplio los 60 dentro del plazo establecido en la ley citada.
ES EVIDENTE QUE ANSES VA A EXIGIR LOS REQUISITOS DEL ART 19 D E LA LEY 24241, DURANTE LA VIGENCIA DE LA 26970
PERO PARTIENDO DE TU ANALISIS BASTANTE LOGICO, QUE LA PERSONA SI CUMPLE LA EDAD JUBILATORIA EN VIGENCIA DE LA LEY 26970, ES SUFICIENTE PARA ACCEDER A LA MORATORIA AUNQUE NO CUMPLA CON LOS 30 ANOS DE APORTES, YA QUE EN LA PREV 16/31 DICE LO SIGUIENTE
El artículo 2º de la Ley Nº 26.970 prescribe que los sujetos comprendidos en su ámbito de aplicación podrán acceder a las prestaciones instituidas por los incisos a), b), c), d), e) y f) del artículo 17 de la Ley Nº 24.241 y sus modificatorias
ENTONCES SE PUED E INTERPRETAR QUE LA MORATORIA 26970 , AL DECIR PODRAN ACCEDER A LAS PRESTACIONES DEL ART 17 DE LA LEY 24241, SE ENTIENDE QUE DEBE CONTAR CON LOS 30 DE APORTES, PERO NO DICE QUE LOS QUE NO CUMPLEN CON LOS 30 , NO PUEDEN ACCEDER A LA MORATORIA PARA REGULARIZAR SU DEUDA AL 12/2003 , POR ESO NO LO EXIME DE QUE ESTAS PERSONAS PUEDAN REGULARIZAR SU DEUDA AL 12/2003 Y QUE LA MISMA REGULACION PASADO EL 18/09/2016, LE VA A SERVIR PARA JUBILARSE DE ACUERDO AL ART 19 D E LA LEY 24241, AUNQUE LA MISMA YA NO ESTE VIGENTE, PERO EL TIENE YA LA DEUDA REGULARIZADA AL 12/2003
POR OTRO LADO ANTE ESTE ANALISIS ANSES NO PUEDE EXIGIR LO QUE LA LEY 26970 NO DICE
ENTONCES SE DEBERIA INTERPRETAR QUE LA LEY 26970 SIRVE PARA DOS CASOS
A) PARA REGULARIZAR DEUDA AL 12/2003, ( INDEPENDIENTEMENTE DEL BENEFICIO DE LA JUBILACION) YO ME PRESENTO Y DIGO QUE TENGO DEUDA AL 12/2003 Y LA VOY A REGULARIZAR DENTRO DE LA VIGENCIA DE LA LEY 26970
B) DICE EN SU ART 2, QUE TAMBIEN PODRAN ACCEDER AL BENEFICIO PREVISTO EN EL EL ART 17 DE LA LEY 24241, NO ES TAXATIV0, DICIENDO QUE SOLO PUEDE ACCEDER LOS QUE CUMPLE 30 D E APORTES
CONCLUSION:
SI LA MISMA VENCE EL 18/09/2016, VOS NO PODES PRESENTARTE EL 17 DE NOVIEMBRE PIDIENDO TURNO, ES EXTEMPORANEO
MI INTERPRETACION ES PRESENTARLA ANTES DEL 18/09 Y PRESNETARLA BAJO INSISTENCIA, FUNDAMENTANDO QUE LA LEY 26970 ES TANTO PARA LOS QUE SE QUIEREN JUBILAR COMPUTANDO ANTES DEL 18/09/2016 LOS 30 D E APORTES Y PARA LOS QUE QUIERAN TAMBIEN REGULARIZAR SUS DEUDA AL 12/2003 INDEPENDIENTEMENTE SI CUENTAN A ESA FECHA CON LOS 30 D E APORTES, POR LO TANTO SI PASA EL SOCIOECONOMICO ANSES DEBERA ENVIAR EL SICAM Y CUANDO CUMPLA LOS 30 D E APORTES HACER VALER LA MORATORIA AL 12/2003
POR SUPUESTO QUE LO VA A TENER QUE DEFINIR LA JUSTICIA, COMO BIEN DIJO PERIQUITA
CREO QUE SI LO HACES EN NOVIEMBRE EL SISTEMA VA A ESTAR BLOQUEADO PARA ESA LEY