Como estas Foristas
Les consulto lo siguiente :
Confeccioné un oficio ley 22.172, el mismo fue controlado y firmado por la jueza
y secretaria del juzgado de familia, el mismo notificaba un decreto de alimentos
pero en vez de diligenciarlo un abogado en la jurisdicción de destino como dice la ley 22172
lo diligenció la parte es decir la misma madre que reclamaba alimentos.
es valida esta notificación ? o debo confeccionar un nuevo oficio y diligenciarlo con un abogado
matriculado en la jurisdiccion de destino,
en este caso el abogado lo entrega directamente al destinatario ? o lo entrega en la oficina
de notificaciones del tribunal de destino ?
Gracias !
Saludos a todos
Les consulto lo siguiente :
Confeccioné un oficio ley 22.172, el mismo fue controlado y firmado por la jueza
y secretaria del juzgado de familia, el mismo notificaba un decreto de alimentos
pero en vez de diligenciarlo un abogado en la jurisdicción de destino como dice la ley 22172
lo diligenció la parte es decir la misma madre que reclamaba alimentos.
es valida esta notificación ? o debo confeccionar un nuevo oficio y diligenciarlo con un abogado
matriculado en la jurisdiccion de destino,
en este caso el abogado lo entrega directamente al destinatario ? o lo entrega en la oficina
de notificaciones del tribunal de destino ?
Gracias !
Saludos a todos