Hola Colegas: Queriamos consultarles por un reajuste en el cual Anses contesto extemporaneamente la demanda, por lo cual no puso la prescripcion.
Estamos en la etapa de ejecucion de la sentencia dictada por la Sala II de la SS y queriamos saber, ya que Anses contesto fuera de termino la demanda, si se puede pedir las diferencias desde el momento en que el actor se jubilo, y no dos años para atras desde que se inicio el reajuste.
Desde ya muchas gracias.
Saludos.
Estamos en la etapa de ejecucion de la sentencia dictada por la Sala II de la SS y queriamos saber, ya que Anses contesto fuera de termino la demanda, si se puede pedir las diferencias desde el momento en que el actor se jubilo, y no dos años para atras desde que se inicio el reajuste.
Desde ya muchas gracias.
Saludos.