Voy a ejecutar un acuerdo de Seclo homologado e incumplido por la empleadora. Me genera duda la medida cautelar, debido a que la empleadora es un consorcio de propietarios, y con la reforma del ccyc no se si las uf pueden embargarse por deudas laborales. Ademas de solicitar el embargo de alguna cuenta bancaria registrada con el cuit de la empleadora, que medida cautelar creen conveniente?