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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1130442  por alejandra01
 
Buen día..tengo una causa en Seg Social que otorgó pensión directa a mi clienta, en el caso de un causante no inscripto. El expte ya volvió a cámara y está en letra desde diciembre. La sentencia en primera instancia y confirmada en cámara dice: "Haciendo lugar a la demanda iniciada por xxxx en contra de la ADMIISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL disponiendo que en el plazo de 30 días de notificada la presente otorgue el beneficio de pensión a partir del 28 de junio de 2011, de conformidad con lo dispuesto en los
considerandos precedentes, y abone las sumas retroactivas que correspondan, desde la fecha de reconocimiento al beneficio, con más los intereses calculados según la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina, todo ello, sin perjuicio de los dispuesto por el art. 82 de la ley 18.037 ; II) Imponer las costas por su orden (art. 21 de la ley 24.463); III) Regular los honorarios de la representación letrada de la parte actora en el 11% de la suma que, por la presente causa, corresponda percibir por todo concepto a la actora, teniendo en cuenta para ello la importancia de los trabajos realizados y las disposiciones legales vigentes (arts. 1, 3, 6, 7, 9 y cc. De la ley 21.839 y ley 24.432). Regístrese, notifíquese, y oportunamente, con previa citación fiscal, archívese. "
En el seguimiento web figura que está en etapa de ejecución..ahora bien, cual es el paso a seguir?..intimación o directamente ejecución?. No veo expediente en anses armado para ésta señora...saludos.
 #1130457  por lucky
 
Me parece (si el expte ya volvió a primera instancia) que habría que pedir al Juzgado que notifique a la ANSES que la sentencia quedó firme y al mismo tiempo se la intime al cumplimiento de la sentencia dentro del plazo que se le otorgó.
Y después de transcurridos 30 días, empezar con las medidas de ejecución.
Creo que si pedís directamente ejecución probablemente el Juzgado te haga intimar primero.
Por las dudas esperá otra opinión.
 #1130595  por alejandra01
 
gracias lucky!..
sería ideal llevar los dos escritos entonces, intimando y el de la ejecución y ver que dice el juzgado, porque aquí no debo esperar 120 días...que conforme la sentencia son 30.
Esperemos que alguien ayude...
lucky escribió:Me parece (si el expte ya volvió a primera instancia) que habría que pedir al Juzgado que notifique a la ANSES que la sentencia quedó firme y al mismo tiempo se la intime al cumplimiento de la sentencia dentro del plazo que se le otorgó. gracias
Y después de transcurridos 30 días, empezar con las medidas de ejecución.
Creo que si pedís directamente ejecución probablemente el Juzgado te haga intimar primero.
Por las dudas esperá otra opinión.
 #1130602  por Emma2011
 
alejandra01 escribió:gracias lucky!..
sería ideal llevar los dos escritos entonces, intimando y el de la ejecución y ver que dice el juzgado, porque aquí no debo esperar 120 días...que conforme la sentencia son 30.
Esperemos que alguien ayude...
lucky escribió:Me parece (si el expte ya volvió a primera instancia) que habría que pedir al Juzgado que notifique a la ANSES que la sentencia quedó firme y al mismo tiempo se la intime al cumplimiento de la sentencia dentro del plazo que se le otorgó. gracias
Y después de transcurridos 30 días, empezar con las medidas de ejecución.
Creo que si pedís directamente ejecución probablemente el Juzgado te haga intimar primero.
Por las dudas esperá otra opinión.
Hola en mi opinion primero hay que notificar la sentencia si es que no fue notificada,(no se de que provincia sos, en algunas notifica el juzgado, en otras lo tiene que hacer el abogado), despues fijate en el código de procedimiento en cuantos dias queda firme la sentencia y en mi opinión a partir de que queda firme se cuentan los 30 días, recien luego de vencidos los 30 se podria ejecutar... :roll:

...disponiendo que en el plazo de 30 días de notificada la presente otorgue el beneficio de pensión...
 #1130965  por alejandra01
 
ok..debo iniciar ejecución entonces...gracias Ale.
Alejandra Radua escribió:La camara notifican ellos las sentencias.
 #1131037  por Emma2011
 
alejandra01 escribió:ok..debo iniciar ejecución entonces...gracias Ale.
Alejandra Radua escribió:La camara notifican ellos las sentencias.
Fijate que hayan notificado, "que ellos sean los que notifican la sentencia" no quiere decir que lo hayan hecho, verificalo, y conta tambien los plazos (desde la notificacion) para ver si estan vencidos, si esta todo bien podés iniciar la ejecución de sentencia.
 #1131100  por alejandra01
 
muchas gracias Emma2011...
Emma2011 escribió:
alejandra01 escribió:ok..debo iniciar ejecución entonces...gracias Ale.
Alejandra Radua escribió:La camara notifican ellos las sentencias.
Fijate que hayan notificado, "que ellos sean los que notifican la sentencia" no quiere decir que lo hayan hecho, verificalo, y conta tambien los plazos (desde la notificacion) para ver si estan vencidos, si esta todo bien podés iniciar la ejecución de sentencia.