Hola a todos, me encuentro con un problema inesperado: en un juicio laboral por despido en Pcia. de Bs.As. donde patrocino al actor (ojo, NO tengo Poder), mientras me estaba corriendo el plazo para contestar una excepción de prescripción, FALLECE MI CLIENTE, me entero cuando lo llamo para que venga a firmar el escrito .
Inmediatamente presento la partida de defunción escaneada y pido suspensión de plazos. El Juzgado provee que acompañada la partida original, se proveer'a.
Primera pregunta: en cuanto lo haga se suspenderá el plazo de contestación retroactivamente? Y hasta cuándo?
Además tengo que presentar a los hijos y a la esposa para seguir el juicio y me surgen varias dudas:
1) Tengo que hacer la sucesión o invocando la ley 18.037 y el Plenario Kaufman puedo acreditar los vínculos sólo con las partidas?
2) Ya que en ese caso no necesitaría declaratoria de herederos, puedo presentar a uno sólo de los hijos? El otro vive en el sur y se complica.
Ya venía difícil y ahora parió mi abuela!!!!
Mil gracias por lo que puedan aportar!!!!
Inmediatamente presento la partida de defunción escaneada y pido suspensión de plazos. El Juzgado provee que acompañada la partida original, se proveer'a.
Primera pregunta: en cuanto lo haga se suspenderá el plazo de contestación retroactivamente? Y hasta cuándo?
Además tengo que presentar a los hijos y a la esposa para seguir el juicio y me surgen varias dudas:
1) Tengo que hacer la sucesión o invocando la ley 18.037 y el Plenario Kaufman puedo acreditar los vínculos sólo con las partidas?
2) Ya que en ese caso no necesitaría declaratoria de herederos, puedo presentar a uno sólo de los hijos? El otro vive en el sur y se complica.
Ya venía difícil y ahora parió mi abuela!!!!
Mil gracias por lo que puedan aportar!!!!