[quote="flux"]Como poder se puede, pero es casi un suicidio legal, que, por usar un argumento favorable, terminas confesando otras cuestiones
Osea, si el trabajo fue en negro, se termino hara un año, no hay telegramas, el empleado manda las intimaciones por 24013 sin hablar de cuando termino la relacion laboral y dando a entender que aun sigue trabajando
Que puede hacer el empleador? negar la relacion laboral, pero pierde el argumento del 241 parte final. O, puede alegar el 241 parte final, pero automaticamente debe el certificado de trabajo, debe los aportes, los rubros caidos no prescriptos, etc...
Eso aparte de que, al reconocer que tuviste un empleado en negro, ya el juez te mira mal de primera y va a ser poco afecto a creer que hubo un 241 parte final. Seria como que mangeri diga, a la pregunta si mato a angeles... "yo no la mate, nomas la viole, pero despues la deje en la casa y esta sana cuando me fui"[/quote]
Como poder se puede hacer cualquier cosa, pero intentar hacer valer un 241 L.C.T., es que el juez te va arrojar con todo el digesto legal por la cabeza.- Hace muchos años tuve una experiencia similar yo estaba por el arquitecto y le reclamamos que lo registre correctamente, en realidad hacia 2 años que no iba a la empresa por que le debían los últimos 3 mese de salario, el caso fue complejo, pero a lo que nos interesa en su primer respuesta si bien por un lado nego todo la empleadora, se baso en el Art 241, para argumentar que en ningun caso podría reclamar nada atento la disposición de dicho articulo.-
luego de un largo juicio la jueza en su sentencia utilizo como piedra fundacional de su fallo, el hecho que al invocar el Art 241 de la LCT, la demandada había reconocido la existencia de una relación laboral, del otro lado había un abogado experimentado y de empresa en derecho del trabajo, metio la pata igual.- la cámara confirmo.-
saludos