Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Inicio de juicio sin intercambio telegráfico

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1131927  por fernandol
 
Estimados:

Se presentaron unos empleados que fueron despedido hace mas de un año en forma verbal de una empresa, no tuvieron indemnización e incluso les deben sueldos.
Nunca se llevaron adelante intercambios telegráficos.
Se puede iniciar directamente el pleito dado el tiempo transcurrido o es condición necesaria mandar telegramas?
Muchas gracias por a ayuda.
 #1132012  por fernandol
 
Estimados gracias por las respuesta. Una duda directamente a pesar del tiempo transcurrido solicito que ratifique o rectifique el despido verbal? luego de eso solicito los sueldos de todos estos meses también? Otra cosa que no mencione el trabajador ya esta en otra empresa por lo que seguro tienen la baja de la anterior. Gracias por la ayuda
 #1132020  por TORDO
 
No, si se trata de un trabajo en negro.-

intima para que por el plazo de 30 día registre la relación laboral en los términos de la ley 24.013, (con notificación inmediata a la AFIP).-

adicional mente y frente a negativa de tareas intimas por 48 Hs, para que te aclare la situación laboral.-
 #1132056  por agentil
 
fernandol escribió:Estimados:

Se presentaron unos empleados que fueron despedido hace mas de un año en forma verbal de una empresa, no tuvieron indemnización e incluso les deben sueldos.
Nunca se llevaron adelante intercambios telegráficos.
Se puede iniciar directamente el pleito dado el tiempo transcurrido o es condición necesaria mandar telegramas?
Muchas gracias por a ayuda.

Si hace más de un año, se produjo lo que se llama abandono renuncia del art. 241 in fine. Si está totalmente en negro podes intentarlo como te dijeron pero corres muchos riesgos.

saludos!
 #1132642  por flux
 
Como poder se puede, pero es casi un suicidio legal, que, por usar un argumento favorable, terminas confesando otras cuestiones

Osea, si el trabajo fue en negro, se termino hara un año, no hay telegramas, el empleado manda las intimaciones por 24013 sin hablar de cuando termino la relacion laboral y dando a entender que aun sigue trabajando

Que puede hacer el empleador? negar la relacion laboral, pero pierde el argumento del 241 parte final. O, puede alegar el 241 parte final, pero automaticamente debe el certificado de trabajo, debe los aportes, los rubros caidos no prescriptos, etc...

Eso aparte de que, al reconocer que tuviste un empleado en negro, ya el juez te mira mal de primera y va a ser poco afecto a creer que hubo un 241 parte final. Seria como que mangeri diga, a la pregunta si mato a angeles... "yo no la mate, nomas la viole, pero despues la deje en la casa y esta sana cuando me fui"
 #1132663  por TORDO
 
[quote="flux"]Como poder se puede, pero es casi un suicidio legal, que, por usar un argumento favorable, terminas confesando otras cuestiones

Osea, si el trabajo fue en negro, se termino hara un año, no hay telegramas, el empleado manda las intimaciones por 24013 sin hablar de cuando termino la relacion laboral y dando a entender que aun sigue trabajando

Que puede hacer el empleador? negar la relacion laboral, pero pierde el argumento del 241 parte final. O, puede alegar el 241 parte final, pero automaticamente debe el certificado de trabajo, debe los aportes, los rubros caidos no prescriptos, etc...

Eso aparte de que, al reconocer que tuviste un empleado en negro, ya el juez te mira mal de primera y va a ser poco afecto a creer que hubo un 241 parte final. Seria como que mangeri diga, a la pregunta si mato a angeles... "yo no la mate, nomas la viole, pero despues la deje en la casa y esta sana cuando me fui"[/quote]

Como poder se puede hacer cualquier cosa, pero intentar hacer valer un 241 L.C.T., es que el juez te va arrojar con todo el digesto legal por la cabeza.- Hace muchos años tuve una experiencia similar yo estaba por el arquitecto y le reclamamos que lo registre correctamente, en realidad hacia 2 años que no iba a la empresa por que le debían los últimos 3 mese de salario, el caso fue complejo, pero a lo que nos interesa en su primer respuesta si bien por un lado nego todo la empleadora, se baso en el Art 241, para argumentar que en ningun caso podría reclamar nada atento la disposición de dicho articulo.-
luego de un largo juicio la jueza en su sentencia utilizo como piedra fundacional de su fallo, el hecho que al invocar el Art 241 de la LCT, la demandada había reconocido la existencia de una relación laboral, del otro lado había un abogado experimentado y de empresa en derecho del trabajo, metio la pata igual.- la cámara confirmo.-
saludos