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  • Se puede demandar solo a la compañia de seguros

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 #1134395  por marcos13vm
 
Hola, recién agarro el caso (accidente de tránsito) y me encuentro con que está prescripta la acción contra el embistente (dueño del auto) pero no la acción contra la compañía porque fue suspendida por intimación fehaciente (Cta Dto.).
 #1134423  por juancapa
 
La cia de seguros es técnicamente un tercero que debe ser traído a juicio ya sea por el actor como por el demandado (es indistinto) y por ende, no tiene acción directa el actor contra el seguro. Si no demandás al asegurado, te podés comer una excepción de falta de legitimación pasiva porque técnicamente no hay acción autónoma directa.