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  • Acreditar el vinculo sumariamente Art. 664

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1135970  por MarioRizzotti
 
Hola colegas, tengo una demanda de alimentos en donde el hijo no está reconocido por el padre. La cuestión es que en el proveído el juez ordena que se acredite sumariamente el vínculo, art. 664 código civil y comercial. La pregunta es la siguiente ¿de qué forma se podría acreditar de manera sumaria el vínculo? Este interrogante va dirigido para aquellos que afrontaron un caso similar. Según entiendo, e interpretando el texto del código, es una acreditación distinta a la prueba biológica.
 #1136169  por MarioRizzotti
 
El juicio de filiación no esta en trámite. Yo entiendo que como en cuestión probatoria se toma un concepto amplio. Habría que acreditar de la forma más rápida, por eso dice "acreditación sumariamente " en el proveído
 #1145389  por Mariaac
 
Doc, tengo un caso parecido. Ya lo planteo. como le fue??

Agradeceria cualquier comentario
 #1145415  por Tiburcio
 
Lo que el juez pide es cualquier prueba que haga verosímil la paternidad alegada (fotos, cartas, mails, watsapp, facebook, testigos etc. que demuestren el noviazgo o la posibilidad cierta de las relaciones sexuales).
El juez fijará una cuota provisoria por cierto número de meses e intimará a la madre a que inicie el juicio de filiación, bajo apercibimiento de darle intervención al defensor de menores para que lo haga.