Buenas noches estimados colegas, me surgio una duda por un caso, una señora cuyo marido falleció a mediados del 2014 con 59 años, me preguntó si podia obtener la pension ella como beneficiaria, la cuestion es que le pedi tiempo para ver bien el caso puesto q el señor nunca fue monotributista y tiene pocos aportes en RRDD hasta el año '86, si le aplico la moratoria vieja no llego a completar 30 años; pero en cambio con NUEVA MORATORIA si llego a completarlo, obviamente iniciaria el expdte x insistencia esperando q lo rechacen. Mi pregunta en sí es: puedo una vez rechazado directamente iniciar ante la justicia el pedido del beneficio o es requisito previo pasar ante la CARSS????? existe jurisprudencia reciente que otorgue el beneficio en un caso así?????
DrGiu escribió:Buenas noches estimados colegas, me surgio una duda por un caso, una señora cuyo marido falleció a mediados del 2014 con 59 años, me preguntó si podia obtener la pension ella como beneficiaria, la cuestion es que le pedi tiempo para ver bien el caso puesto q el señorLey 26.970nunca fue monotributistay tiene pocos aportes en RRDD hasta el año '86, si le aplico la moratoria vieja no llego a completar 30 años; pero en cambio con NUEVA MORATORIA si llego a completarlo, obviamente iniciaria el expdte x insistencia esperando q lo rechacen. Mi pregunta en sí es: puedo una vez rechazado directamente iniciar ante la justicia el pedido del beneficio o es requisito previo pasar ante la CARSS????? existe jurisprudencia reciente que otorgue el beneficio en un caso así?????
ARTICULO 2° — El trabajador autónomo o el monotributista que se inscriba en el régimen de regularización podrá acceder a las prestaciones instituidas por los incisos a), b), e) y f) del artículo 17 de la ley 24.241 y sus modificatorias. De igual modo, tendrán derecho a inscribirse en el precitado régimen los derechohabientes previsionales del trabajador autónomo o monotributista fallecido mencionados en el artículo 53 de la ley 24.241 y sus modificatorias, que pretendan acceder a la prestación prevista en el inciso d) del artículo 17 de la referida ley, siempre que existiera inscripción del causante previa al deceso en calidad de trabajador autónomo o monotributista formalizada y registrada ante la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) o la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), según el período que corresponda.