Hola, soy nuevo, me llamo José y es mi primer tema...también es mi primer caso laboral.
Envíe un telegrama para que se proceda a registrar a mi cliente y a otorgarle diferencias salariales, etcétera, el asunto es que a los 5 días contesta el empleador negando la relación laboral. Esto fue el 3 de Abril. Como soy inexperto, si bien sé que cuando se niega la relación laboral no es necesario esperar los 30 días de la intimación, preferí esperarlos para no tener sorpresas, por ende ayer se procedió a enviar el telegrama extintivo del vínculo.
LA PREGUNTA: Creen que haber esperado los 30 días puede generar algún tipo de problema o ser perjudicial para mi cliente?.
He leído jurisprudencia de extinción de la relación laboral por mutuo acuerdo, creen que el haber esperado para extinguir el vínculo hace que este caso caiga en tal situación?.
Para los certificados de trabajo y certificación de servicios (art 80) tengo que esperar otros 30 días?.
DESDE YA MUCHAS GRACIAS.
Envíe un telegrama para que se proceda a registrar a mi cliente y a otorgarle diferencias salariales, etcétera, el asunto es que a los 5 días contesta el empleador negando la relación laboral. Esto fue el 3 de Abril. Como soy inexperto, si bien sé que cuando se niega la relación laboral no es necesario esperar los 30 días de la intimación, preferí esperarlos para no tener sorpresas, por ende ayer se procedió a enviar el telegrama extintivo del vínculo.
LA PREGUNTA: Creen que haber esperado los 30 días puede generar algún tipo de problema o ser perjudicial para mi cliente?.
He leído jurisprudencia de extinción de la relación laboral por mutuo acuerdo, creen que el haber esperado para extinguir el vínculo hace que este caso caiga en tal situación?.
Para los certificados de trabajo y certificación de servicios (art 80) tengo que esperar otros 30 días?.
DESDE YA MUCHAS GRACIAS.