Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Consulta primer caso

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1137256  por abogadojovencito
 
Hola, soy nuevo, me llamo José y es mi primer tema...también es mi primer caso laboral.
Envíe un telegrama para que se proceda a registrar a mi cliente y a otorgarle diferencias salariales, etcétera, el asunto es que a los 5 días contesta el empleador negando la relación laboral. Esto fue el 3 de Abril. Como soy inexperto, si bien sé que cuando se niega la relación laboral no es necesario esperar los 30 días de la intimación, preferí esperarlos para no tener sorpresas, por ende ayer se procedió a enviar el telegrama extintivo del vínculo.

LA PREGUNTA: Creen que haber esperado los 30 días puede generar algún tipo de problema o ser perjudicial para mi cliente?.
He leído jurisprudencia de extinción de la relación laboral por mutuo acuerdo, creen que el haber esperado para extinguir el vínculo hace que este caso caiga en tal situación?.
Para los certificados de trabajo y certificación de servicios (art 80) tengo que esperar otros 30 días?.


DESDE YA MUCHAS GRACIAS.
 #1137260  por Martincho7
 
Quedate tranquilo, si hiciste bien el intercambio, eso no debería afectar. Ahora en definitiva tenes que probar que trabajaba ahi y en relación de dependencia clandetinizado. Y ademas proba los telegramas con oficios al Correo. Esos son los puntos básicos.
No te olvides del Art 80 dentro de un mes.
Saludos, Martin
 #1137406  por Puluko
 
Agrego, a lo mejor lo hiciste, si intimaste por ley 24.013 para el cobro de multas de los arts. 8,9 y 10 debes haber enviado copia del primer telegrama a AFIP dentro de las 24 hs.
 #1138187  por abogadojovencito
 
Muchas gracias a ambos por sus respuestas. Recibí la contestación al telegrama donde expresaba la injuria y decía (no textual) algo así:

"El haber dejado transcurrir más de un mes entre la contestación al primer telegrama y el envío del presente no demuestra sino una actitud de mala fe al pretender inventar una relación laboral inexistente"

Lo que temía ocurre y es que el abogado de la contraria se agarra en que esperé los 30 días exigidos por la ley 24013 (incluso ante la negativa de la relación laboral) para alegar una mala fe inexistente. Creen ustedes que puedo tener algún tipo de inconveniente por ello?. En mi opinión la negativa de la relación AUTORIZA a extinguir el vínculo previo a que pasen los 30 días pero no lo hace obligatorio...yo decidí esperar los 30 días y no debería eso jugarme en contra...pero sirven otras opiniones o que refuercen la mía.

Ahora, en relación al tema, es necesario esperar otros 30 días exigidos por el decreto 146/01 para intimar a que entregue certificados de servicios del artículo 80 o, ante la negativa, también podría no esperar tal plazo e intimar ahora. No quiero perder más tiempo dada la actitud del abogado de la contraria.
 #1138208  por Martincho7
 
No te hagas drama. Reteiterale que su negativa dolosa a regularizar una relacion laboral ostensible justifica sobradamente el despido indirecto por su exclusiva culpa. Intimalo x el Art 80 LCT y metele la demanda.