tengo un trabajador q hicimos un intercambio telegrafico de un telegrama, y a la semana le pagan una liquidacion final de 100 mil aprox. Habiamos hablado de q de llegar a juicio se hacia un cuota litis del 20%. La pregunta, es puedo cobrar algo de esto, teniendo en cuenta q hice solamente un telegrama, y yo los intercambios telegraficos no los cobro ..... cuanto se cobra en estos casos?
Por labor extrajudicial se cobra el 10% de lo percibido pero si ya cobró y lo hizo sin tu ayuda, será raro que le puedas cobrar. Siempre es recomendable ni bien le redactás un telegrama hacerle firmar un convenio de honorarios o pacto de cuota litis.
Sino te paga el 10% llamalo y por lo menos cobrale por el asesoramiento (1 ó 2 ius). Sin tu ayuda no hubiera arreglado y además perdiste tiempo en redactarle los telegramas, gastaste tinta y formularios, etc. etc. etc.