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  • Puedo cobrar algo?

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #1137682  por seremanana
 
tengo un trabajador q hicimos un intercambio telegrafico de un telegrama, y a la semana le pagan una liquidacion final de 100 mil aprox. Habiamos hablado de q de llegar a juicio se hacia un cuota litis del 20%. La pregunta, es puedo cobrar algo de esto, teniendo en cuenta q hice solamente un telegrama, y yo los intercambios telegraficos no los cobro ..... cuanto se cobra en estos casos?
 #1137976  por profesional
 
Por labor extrajudicial se cobra el 10% de lo percibido pero si ya cobró y lo hizo sin tu ayuda, será raro que le puedas cobrar. Siempre es recomendable ni bien le redactás un telegrama hacerle firmar un convenio de honorarios o pacto de cuota litis.
Sino te paga el 10% llamalo y por lo menos cobrale por el asesoramiento (1 ó 2 ius). Sin tu ayuda no hubiera arreglado y además perdiste tiempo en redactarle los telegramas, gastaste tinta y formularios, etc. etc. etc.