Colegas,
Requiero opinión de ustedes una vez más y desde ya les agradezco. El lunes tuve audiencia en un juicio de escrituracion que lleva mas de 4 años. La parte demandada estaba rebelde, porque esta cesó al presentarse a la audiencia. La audiencia no se lleva a cabo porque la audiencista me dice que 1 hora antes la abogada presentó la nulidad de la notificación.
Mi duda: Inmueble en capital federal. Domicilio especial constituido (boleto de compraventa) en extraña jurisdicción. La cédula de notificación de la demanda volvía rechazada, mande oficios a las entidades publicas. Mande a los domicilios informados y asi tb volvía rechazada. El Juez ordena que se notifique como "constituido" en el boleto de compraventa y así fue que quedó notificado.
En la audiencia la abogada me dice: "como va a notificar a un constituido en extraña jurisdicción". Me hizo dudar, pero creo que no sabía mucho del expediente y no se dió cuenta que fue al constituido por orden del juez, porque fue el que se consignó en el boleto.
Que opinan? si se notifica primero a los domicilios informados por las entidades publicas y luego por orden del juez al constituido en el boleto, sería procedente declarar nulo en proceso?? la verdad es que creo que hice las cosas bien, pero el la abogada se notaba con mucha experiencia y temo estar ignorando algo del tema de notificación.
Gracias una vez mas!!!
Requiero opinión de ustedes una vez más y desde ya les agradezco. El lunes tuve audiencia en un juicio de escrituracion que lleva mas de 4 años. La parte demandada estaba rebelde, porque esta cesó al presentarse a la audiencia. La audiencia no se lleva a cabo porque la audiencista me dice que 1 hora antes la abogada presentó la nulidad de la notificación.
Mi duda: Inmueble en capital federal. Domicilio especial constituido (boleto de compraventa) en extraña jurisdicción. La cédula de notificación de la demanda volvía rechazada, mande oficios a las entidades publicas. Mande a los domicilios informados y asi tb volvía rechazada. El Juez ordena que se notifique como "constituido" en el boleto de compraventa y así fue que quedó notificado.
En la audiencia la abogada me dice: "como va a notificar a un constituido en extraña jurisdicción". Me hizo dudar, pero creo que no sabía mucho del expediente y no se dió cuenta que fue al constituido por orden del juez, porque fue el que se consignó en el boleto.
Que opinan? si se notifica primero a los domicilios informados por las entidades publicas y luego por orden del juez al constituido en el boleto, sería procedente declarar nulo en proceso?? la verdad es que creo que hice las cosas bien, pero el la abogada se notaba con mucha experiencia y temo estar ignorando algo del tema de notificación.
Gracias una vez mas!!!
