Buenas noches colegas! tengo una clienta que esta registrada pero se quiere desvincular. Lo único que tiene mal a fin de causar el despido indirecto, es la categoría y el pago de horas extras. Leyendo el convenio aplicable hay diferencia en el salario. Alguno podría confirmar si asi redactado estaria bien? Le agregue así también la retención de tareas conforme nuevo código. Gracias por la ayuda! saludos
A fin que registre correctamente el vínculo laboral que nos une intimo en los términos de la ley 24013 para que dentro del plazo de 30 días, inscriba correctamente nuestra relación laboral, consignando los datos verídicos de la misma. A tal fin denuncio que la categoría laboral que me corresponde, conforme tareas desarrolladas, es “CAFETERO” y no “PEON” tal como actualmente me encuentro registrado.- Asimismo, conforme al art. 43 de la ley 25345 que modifica el art. 132 bis LCT y en atención a lo dispuesto en el art. 1 del decreto reglamentario 146/01 intimo para que dentro del mismo plazo ingrese a los respectivos organismos recaudadores los importes adeudados, correspondientes a mis aportes previsionales, más los intereses y multas que pudieren corresponder. Intimole plazo de perentorio de 48hs manifieste su voluntad de registrar la relación laboral conforme reales términos bajo apercibimiento de considerarme despedido por su exclusiva culpa y responsabilidad.- Intimole plazo 48hs proceda a liquidar y abonar horas extras laboradas y las diferencias salariales que me corresponden de acuerdo a mi real y actual categoría conforme escalas salariales fijadas en el CCT aplicable. Intimo haga entrega de recibos de sueldo que consignen datos correctos. Suspendo dación de tareas hasta efectivo cumplimiento de registración y pago en los términos del Art. 1301 CCC.
A fin que registre correctamente el vínculo laboral que nos une intimo en los términos de la ley 24013 para que dentro del plazo de 30 días, inscriba correctamente nuestra relación laboral, consignando los datos verídicos de la misma. A tal fin denuncio que la categoría laboral que me corresponde, conforme tareas desarrolladas, es “CAFETERO” y no “PEON” tal como actualmente me encuentro registrado.- Asimismo, conforme al art. 43 de la ley 25345 que modifica el art. 132 bis LCT y en atención a lo dispuesto en el art. 1 del decreto reglamentario 146/01 intimo para que dentro del mismo plazo ingrese a los respectivos organismos recaudadores los importes adeudados, correspondientes a mis aportes previsionales, más los intereses y multas que pudieren corresponder. Intimole plazo de perentorio de 48hs manifieste su voluntad de registrar la relación laboral conforme reales términos bajo apercibimiento de considerarme despedido por su exclusiva culpa y responsabilidad.- Intimole plazo 48hs proceda a liquidar y abonar horas extras laboradas y las diferencias salariales que me corresponden de acuerdo a mi real y actual categoría conforme escalas salariales fijadas en el CCT aplicable. Intimo haga entrega de recibos de sueldo que consignen datos correctos. Suspendo dación de tareas hasta efectivo cumplimiento de registración y pago en los términos del Art. 1301 CCC.