HOLA, quisiera que me revisen el calculo:
hombre fallecido en fecha 29/5/2015. pensión directa s/ ley 24241 art. 95. Tenía inscripción de autónomo previa al fallecimiento desde el 3/97 al 5/2015:
Tomo del periodo 29/5 /2010 al 5/2015, con deuda de intereses, 1 año y 8 meses, pagado en el mes en curso, pago la deuda de intereses?.
y así logro la regularidad del decreto 460/99 (aportante irregular) y tomo otros periodos de autónomo sin deuda (4/97 al 4/2010) y relación de dependencia 18 años y 11 meses.
luego, tiene deuda de capital e intereses en los periodos 3/97 al 5/2015, esta deuda como no se puede renunciar por el art. 1 ley 25231 (beneficio del sicam) le aplico el decreto 526/95 para que se compute a valor cero?
es decir, el decreto 526/95 me permite ingresar esta pensión con deuda, solicitando su aplicación, en periodos prescriptos y no prescriptos de autónomos? o se tiene que desafectar la deuda por sistema, manualmente, en datos para el pago, en periodos posteriores al 2004? y al resto le aplico el decreto? ahí está mi confusión con la existencia de la deuda y lo que he leído en el foro. gracias
hombre fallecido en fecha 29/5/2015. pensión directa s/ ley 24241 art. 95. Tenía inscripción de autónomo previa al fallecimiento desde el 3/97 al 5/2015:
Tomo del periodo 29/5 /2010 al 5/2015, con deuda de intereses, 1 año y 8 meses, pagado en el mes en curso, pago la deuda de intereses?.
y así logro la regularidad del decreto 460/99 (aportante irregular) y tomo otros periodos de autónomo sin deuda (4/97 al 4/2010) y relación de dependencia 18 años y 11 meses.
luego, tiene deuda de capital e intereses en los periodos 3/97 al 5/2015, esta deuda como no se puede renunciar por el art. 1 ley 25231 (beneficio del sicam) le aplico el decreto 526/95 para que se compute a valor cero?
es decir, el decreto 526/95 me permite ingresar esta pensión con deuda, solicitando su aplicación, en periodos prescriptos y no prescriptos de autónomos? o se tiene que desafectar la deuda por sistema, manualmente, en datos para el pago, en periodos posteriores al 2004? y al resto le aplico el decreto? ahí está mi confusión con la existencia de la deuda y lo que he leído en el foro. gracias