Estimados foristas, le agradecere su opinion o ayuda en la siguiente duda. Tengo que iniciar reclamo administrativo de un cliente que obtuvo la jubilacion en 06/12, tiene 49 años de aportes ininterrumpidos en relacion de dependencia. Fecha de Cese 01/2012. Fecha de Inicio de Aportes 08/1964. Hace tres años le hice liquidacion por bluecorp y me la hicieron conforme Resolucion 448/2011 y daba diferencia en el calculo del haber inicial que era de $ 2417 segun recibo, pero si le aplicaba esa Resolucion deberia dar $ 3.800. Quiero iniciar el reclamo para el recalculo del haber inicial y tengo estas dudas:
a.- por lo que lei y creo haber entendido tengo que solicitar eliff, en mi caso desde 2002 hasta 02/2009 y despues la actualizaciòn por ISBIC? para la actualizacion de los haberes para el calculo del haber inicial?
b.- Consegui los indices y coeficintes del ISBIC y cuando comenze a aplicarlos me arrojo una suma menor que los indices de la Resolucion 448/2011, pero leyendo me encuentro con que todos dicen que ISBIC supera a las actualizaciones de ANSeS.
Desde ya muchas gracias por su ayuda.
a.- por lo que lei y creo haber entendido tengo que solicitar eliff, en mi caso desde 2002 hasta 02/2009 y despues la actualizaciòn por ISBIC? para la actualizacion de los haberes para el calculo del haber inicial?
b.- Consegui los indices y coeficintes del ISBIC y cuando comenze a aplicarlos me arrojo una suma menor que los indices de la Resolucion 448/2011, pero leyendo me encuentro con que todos dicen que ISBIC supera a las actualizaciones de ANSeS.
Desde ya muchas gracias por su ayuda.