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 #1142725  por osvaldocam
 
Hola a todos, necesito ayuda con un tema relacionado con el Ministerio de Trabajo.

Soy abogado penalista, estoy realizando una construcción en un barrio privado y la obra la contrate con un arquitecto, quien se encarga de materiales, mano de obra etc. quedando a mi cargo sólo el pago con él convenido conforme el programa de obra que informalmente convenimos.

El tema es que vino un a inspeccion del Ministerio de Trabajo y como soy propietario del lote, me intiman a "blanquear" a 5 obreros que trabajan desde hace 6 meses y estan inscriptos como monotributistas, con seguro y todo. Estos obreros lo ví solo una vez en estos seis meses durante 5 minutos.

Es decir, la relación laboral la tienen con el arquitecto quien les paga por sus trabajos y yo le pago al arquitecto por "todo" conforme avanza la obra.

Tengo una citacion en el Ministerio de Trabajo para hacer un descargo. Tengo entendido que si les doy el alta laboral y presento la infinita documentacion que se me pide, el monto de la multa disminuye considerablemente.-

Pregunta 1: Alguien tiene idea de cual puede ser el monto de la multa por tener 5 trabajadores monotributistas trabajando en una obra durante 6 o 7 meses?

Pregunta 2: No tiene sentido que les de el alta ya que antes de la fecha de audiencia, que es en quince días, justo terminan su trabajo que era sólo la "obra gruesa" de manera que no es logico que los inscriba cuando ya no trabajan.

Pregunta 3: Estas multas se cobran por via de apremio en la práctica o conviene no pagarla y dejarla prescribir?

Pregunta 4: Hasta donde se extiende mi responsabilidad si la relación laboral la mantenían con el arquitecto?

Pregunta 5: La idea no es embocar al joven arquitecto ya que tengo buena relación y me consta que desconocía esto por falta de experiencia.

Pregunta 6: el descargo ante el Ministerio es escrito u oral?

Agradezco infinitamente sus aportes.
 #1143011  por flux
 
Tenes que hacer el descargo en los terminos de la ley que corresponda al ministerio que te impuso la intimacion (si es el de provincia es la 10.149), luego apelarlo, y si te rebotan ir en queja por apelacion denegada a la justicia del trabajo
Tengo una citacion en el Ministerio de Trabajo para hacer un descargo. Tengo entendido que si les doy el alta laboral y presento la infinita documentacion que se me pide, el monto de la multa disminuye considerablemente
.-

Si, pero es una patada al higado, te convertiste en empleador, y, aunque te saques el lio del ministerio, despues cualquiera de esos obreros puede reclamarte que le des la libreta de la 22.250 alegando que el monotributo es un fraude a la ley laboral porque realmente son empleados. Eso que aparte ya quedaste en AFIP declarado como "empleador de la construccion" y luego tendras que presentar mas papeles que acrediten que estas haciendo. Osea..., no te lo recomiento, no tanto por el primer dinero de la multa si elegis el pago voluntario, sino por el lio en el que quedas despues
Pregunta 3: Estas multas se cobran por via de apremio en la práctica o conviene no pagarla y dejarla prescribir?
Si, se cobran por apremio
Pregunta 4: Hasta donde se extiende mi responsabilidad si la relación laboral la mantenían con el arquitecto?
Si te presentas pidiendo el pago voluntario el empleador ahora sos vos. Osea, quedaste como responsable
Pregunta 5: La idea no es embocar al joven arquitecto ya que tengo buena relación y me consta que desconocía esto por falta de experiencia.
Entonces que el vaya a ministerio a arreglartelo, osea que el los ponga en blanco y entre los dos hagan el descargo..., es eso o quedas vos con el traste al norte y sin brujula

Pregunta 6: el descargo ante el Ministerio es escrito u oral?

Agradezco infinitamente sus aportes.
 #1143012  por flux
 
A la ultima pregunta, es por escrito..., con produccion de prueba segun la ley que le corresponda
 #1143245  por flux
 
No, me meteria a hacer el descargo, porque si pagas la multa en ministerio, igual despues AFIP te pone otra multa por evasion de aportes, y demas..., aparte de que te van a querer obligarte a inscribite como persona que desarrolla la actividad de la construccion (por mas que ya no la hagas mas) para luego pagar todo, y asi poder darte de baja de esa actividad
 #1163931  por dmela2012
 
Te hago una consulta ya que estoy en la misma situación que vos, estoy construyendo y mi arquitecto tiene a los obreros como monotributistas. Me dijo que mientras no sean más de 5 empleados monotributistas trabajando en la obra no había problema. Sabes si es así esto? porque a vos te intimaron si eran 5, al final como lo resolviste?
Gracias.