Hola foristas. Les voy a pedir opinión sobre el tema de referencia.
Inicié una juicio ejecutivo en Pcia. de Bs. As. y con fecha 27/10/09 el juez despachó el primer auto (mandamiento de intimación de pago, embargo y citación de remate) y decretó la inhición general de bienes en forma preventiva. Tanto el mandamiento como los oficios fueron dejados en el Tribunal, pero aún, 9 de marzo de 2010, no se diligenciaron.
Necesito que opinen si la contraparte me podría oponer la caducidad de instancia antes de plantearme una excepción, cuando le llegue el mandamiento. Sé que algunos jueces no admiten sólo el planteo de caducidad. Pero...
La otra alternativa que me queda es desistir de ese proceso e iniciar otro para que no me condenen en costas, ya que me es más económico hacerme cargo del pago de tasa de justicia que la condena en cstas.
Por favor, ayudaaaaa !!!!.
Gracias.
Rabra
Inicié una juicio ejecutivo en Pcia. de Bs. As. y con fecha 27/10/09 el juez despachó el primer auto (mandamiento de intimación de pago, embargo y citación de remate) y decretó la inhición general de bienes en forma preventiva. Tanto el mandamiento como los oficios fueron dejados en el Tribunal, pero aún, 9 de marzo de 2010, no se diligenciaron.
Necesito que opinen si la contraparte me podría oponer la caducidad de instancia antes de plantearme una excepción, cuando le llegue el mandamiento. Sé que algunos jueces no admiten sólo el planteo de caducidad. Pero...
La otra alternativa que me queda es desistir de ese proceso e iniciar otro para que no me condenen en costas, ya que me es más económico hacerme cargo del pago de tasa de justicia que la condena en cstas.
Por favor, ayudaaaaa !!!!.
Gracias.
Rabra