Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • OFICIO DE PERCEPCION DIRECTA. DUDAS!

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #1143172  por sofia2009
 
Hola a todos, en un juicio de alimentos en Pcia de Bs As ya tengo ordenado el oficio de percepción directa al Banco Provincia, mis dudas son:

1.Quién firma este oficio?
2. Se deja a confronte?
3.Tengo que ir al juzgado con mi clienta para que le certifiquen la firma?
4. Al banco puede diligenciarlo directamente mi clienta?

Todo otro dato que puedan aportar será bienvenido, ya que es la primera vez que lo hago.
Gracias por ayudar *abrazo* *abrazo* *abrazo*
 #1143192  por lperez
 
Buenas,
1) firma Juez.
2) lo confeccionas y lo dejas a confronte. (Si es ley 22172 lleva sello de agua)
3) No sé a qué efectos necesitas la certificación de firma de tu cliente?
4) Lo puede diligenciar cualquiera, igualmente ponela autorizada en el oficio por las dudas.

Igualmente, cualquier duda que tengas pregunta en la mesa del Juzgado, no pasa nada si nos equivocamos jaja

Suerte!

Saludos,

Lucía.-