Buenos días. Soy nueva en el foro y estoy comenzando a ejercer. Tengo una duda procesal en un caso laboral de provincia. Voy por la demandada, y dejé cédula dando traslado de la contestación de demanda (art. 29 LO). La duda es si es correcto que la misma sea al domicilio constituido por el actor??? y no el denunciado (real). Gracias!!!! espero una pronta respuesta.