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  • DOMICILIO ELECTRONICO: 1º DE AGOSTO. CONSECUENCIAS

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 #1144131  por diego1989
 
Hola colegas! Quería consultarles algo respecto de una situación que en un futuro inmediato, más precisamente el 1 de agosto, cobrará importancia. A partir de esa fecha pasaría a ser obligatorio hacer presentaciones electrónicas en la provincia de Buenos Aires y para ello hay que constituir un domicilio procesal electrónico. Ahora bien, la falta de constitución de ese domicilio electrónico tiene como consecuencia la aplicación del art. 41 del CPCCBA que establece que se tendrá por constituido el domicilio en los estrados del juzgado y consecuentemente se aplica el art 133 haciendo que todas las resoluciones se notifiquen ministerio legis. Y aquí vienen mis dudas:

1) Si la única consecuencia es esa, suponiendo que no constituyo domicilio electrónico y si ni siquiera tuviese el token ¿puedo seguir haciendo presentaciones de escritos y demás en formato papel físico?

2) ¿Hay alguna otra consecuencia por no constituir domicilio electrónico?

3) Esta duda es suponiendo que hay domicilio electrónico constituido: ¿como se envía una documental original? Las copias de esa documental se podría escanear y se convierte en PDF y listo ¿pero la documental original hay que seguir acompañándola en formato físico?

4) ¿Alguien sabe si se vuelve a suspender la aplicación de las presentaciones electrónicas?
 #1144205  por diego1989
 
Gracias por responder! Sin embargo voy a discrepar con lo de la obligatoriedad de los escritos electrónicos porque en ninguna parte del código procesal dice que es obligatorio hacer eso. El articulo 40 se refiere al domicilio electrónico al solo efecto de recibir notificaciones electrónicas cuando corresponda, es decir, la cédula electrónica. Las resoluciones y acordadas de la Corte provincial se toman atribuciones legislativas que no le corresponden porque están legislado propiamente dicho cuando eso es facultad de la Legislatura de la Provincia. Por eso entiendo que los juzgados no pueden negar la recepción de escritos papel porque violan los artículos 14, 18 y 19 de la constitución nacional.

Y analizando aún más el sistema de notificaciones electrónicas llego a la siguiente conclusión: la cédula electrónica va en contra de la finalidad de la notificación de cédula porque no quedo notificado el día que me llega y el plazo comienza al día siguiente sino que me llega la cédula electrónica y la notificación se produce al siguiente día de nota según las resoluciones de la Corte, por ende en esencia me estoy notificando ministerio ley.
 #1144225  por flux
 
1) Si la única consecuencia es esa, suponiendo que no constituyo domicilio electrónico y si ni siquiera tuviese el token ¿puedo seguir haciendo presentaciones de escritos y demás en formato papel físico?
En teoria si podrias, pero se presenta un problema practico, que es que el otro letrado que si posee el token no va a poder recibir tus presentaciones por no ser electronicas, con lo cual el sistema se descalabra al estar "a medias", por lo que lo mas seguro es que en la mesa del juzgado se nieguen "de palabra" a recibirte los escritos, o, aun si te los reciben luego de armar un monton de lio, te provean "previo constituya domicilio electronico" y te paralicen todo movimiento en "estese a la orden de constiuir domicilio electronico". Sumale a eso el problema que se te puede general al tener el otro letrado el token y poder usar ese poder para clavarte presentaciones constantes a ver "si te comes alguna" sea porque no las viste, sea porque, aun viendolas y contestandolas por escrito en papel, igual no te las proveen porque al no ser electronicas te las consideran "no presentadas"

El unico camino realista que tenes si no queres aceptar el formato electronico es plantear por escrito, en papel, la inconstitucionalidad del sistema informatico, y, que hasta que se resuelva, te acepten el formato papel. Ahi de calentura lo van a tener que agarrar..., pero es solamente perdurar la agonia manejarte asi, primero porque a la larga te lo van a resolver, y si sale mal volviste al inicio (solo ganaste tiempo), y si te sale bien y te permiten el uso del papel, luego en la practica no vas a poder correrle ningun traslado a la contraria porque la contraria dice "no tener domicilio fisico" y "quiero todo por internet", y como lo que vos mandas "no es para internet", simplemente la contraparte se va a notificar solo cuando quiera hacerlo espontaneamente (esa es la razon por la que estan rechazando las inconstitucionalidades, por los problemas practicos de tener desdoblados los domicilios)
2) ¿Hay alguna otra consecuencia por no constituir domicilio electrónico?
Lo que te dije atras, quiza tengas problemas para ejercer
3) Esta duda es suponiendo que hay domicilio electrónico constituido: ¿como se envía una documental original? Las copias de esa documental se podría escanear y se convierte en PDF y listo ¿pero la documental original hay que seguir acompañándola en formato físico?
Si, se escanean en PDF y se envian como adjunto, y se aclara que la documental original se agregara si VS lo requiriese expresamente previa intimacion

4) ¿Alguien sabe si se vuelve a suspender la aplicación de las presentaciones electrónicas?
 #1144226  por flux
 
Otro inconveniente mas que se te puede plantear si no tenes token, ponele que te acepten el papel, que logres pasarlo y resuelvan como notificar electronicamente a la otra parte

El otro problema que vas a tener se va a dar cuando tengas que presentar oficios o formularios que son para organismos que tambien estan informatizados. Suponete que logres pasar los oficios o planillas 7205 en formato fisico y el juzgado las acepta..., luego vas al destinatario a llevarlas y ahi te dicen "no recibimos papel, envielo por internet"..., vos les aclaras que lograste la inconstitucionalidad y por eso tenes autorizado el papel..., ellos te dicen "no sabemos nada, no nos interesa, aca las reglas son asi, no podemos recibirte nada", y la mesa de entradas se niega a recibirte el papel..., que vas a hacer? pedir en el juzgado un mandamiento con uso de fuerza publica para que acepten por la fuerza el oficio en papel? Cuanto tiempo y dinero vas a perder?

Por otro lado mira el lado bueno del sistema informatico. Cuanto actualmente estas gastando en resmas de hojas?, cuanto en cartuchos de tinta?, cuanto en viaticos?, cuanto en gastos de gestorias?, cuanto en constituido fisico en otras jurisdicciones?

Ahora suponete que te dijera que por solo 1100 a 1500 pesos (gasto unico) te podes ahorrar, todos los meses, un 40% del costo de resmas, otro 40% de cartucho de tinta, un 80% de viaticos, un 20% del gasto de gestoria, y el 100% del gasto en constituido fisico

Decime si no conviene... :mrgreen:

Por supuesto esta el problema de tener que llevar al cliente a hacer el poder, realmente no tanto, se puede ejercer como patrocinante sin poder si le escaneas el escrito que a vos te firma y lo adjuntas como adjunto y te comprometes a agregar el original si te lo piden, o haciendole firmar por adelantado una ratificacion en los terminos del articulo 48 del CPCC..., o tambien podes aclararle al cliente que quiza desconfie del nuevo sistema y no quiera firmar que "ahora es asi, si no le gusta se jode usted, el juicio es asi, su opinion no interesa, sino no haga juicio"..., porque a fin de cuentas el "cliente desconfiado" no sirve para una merda, te trae problemas por todos lados. Con este sistema filtras a esos tipos

En si el token es mucho menos dañino que el instituto de la mediacion obligatoria que pusieron hara años (que solo sirve para encarecer al pedo, dilatar y hacer mas bicicleta al acreedor), y la verdad que tuvo menos resistencia que este sistema
 #1144239  por flux
 
y cuando uno se aísla afecta la personalidad de uno.
A mi la personalidad ya se me altero de tener que tolerar esas colas de 40 minutos, donde el que esta adelante habla por telefono y no pide expediente, luego quiere hablar por poco con el ministro de justicia, y al final para llegar a la mesa y que te digan cualquier fruta porque no te quieren buscar bien el expediente... :lol:
 #1144245  por diego1989
 
Se agradece a todos por tomarse un tiempo para responder! Quiero decir que no estoy en contra de la utilización del sistema electrónico pero considero que ha habido un error al no reformarse el Código Procesal porque el argumento netamente jurídico para obligarme a presentar un escrito electrónico tiene que ser una norma del código procesal porque ante la ausencia de ella, toda negativa a recibir escritos o sacar despachos tales como "previo a todo lo que fuese, constituya domicilio procesal electrónico" no tiene sustento jurídico alguno.
Hoy por por hoy como está el código procesal (arts. 40 y 41) solamente pueden obligarte a constituir el domicilio para que te envíen cédulas electrónicas bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del juzgado y todo se notifica por nota así que no haría falta enviar ninguna cédula a la parte y por lo tanto, técnicamente, puedo tener el domicilio electrónico solamente para recibir cédulas pero seguir presentando escritos en papel. Creo que si quieren que sea realmente obligatorio presentar cualquier escrito vía electrónica, los legisladores de la provincia deben reformar el código de forma porque ese es el correcto proceder. Lamentablemente vivimos en un país donde raramente se hacen las cosas como corresponden.

Otra cosa a tener en cuenta es que el domicilio electrónico no excluye ni desplaza al procesal físico porque de hecho hay que tener constituido ambos porque es una carga impuesta por el código. En las distintas charlas a las que asistí sobre este nuevo sistema siempre dijeron que todo termina dependiendo de la buena fe del profesional de hacer un buen uso o no del sistema electrónico y que hay ciertas resoluciones que si o si serán notificadas al procesal físico con el formato papel (sentencia definitiva, por ejemplo). A mi me gusta la idea de sumar estos elementos tecnológicos que otorgan mas ventajas pero es necesario que esté bien regulado en el código procesal para evitar situaciones complicadas e inconvenientes. De hecho hay rumores de que la legislatura de la provincia va a tratar un proyecto de ley para hacer un nuevo código procesal y ojalá que contemple de la mejor manera todo este tema.

También creo y comparto que el avance constante de la tecnología va a afectar a muchos trabajadores y en especial a quienes lo hacen en los juzgados y en cualquier órgano del poder judicial. Es cierto que el avance tecnológico es inevitable y, de hecho, en las charlas sobre el uso del token pude hablar personalmente con las personas que expusieron y dijeron que la idea en un futuro no tan lejano es que todo el expediente sea digital haciendo desaparecer todo papel físico porque el sistema ya tiende a eso. Indudablemente eso va a tener un costo en el personal humano.

Siempre es bueno escuchar (en este caso leer ja) las opiniones y visiones de los colegas y por eso les agradezco a todos por haberse tomado un tiempo para escribir!
 #1144353  por flux
 
Se agradece a todos por tomarse un tiempo para responder! Quiero decir que no estoy en contra de la utilización del sistema electrónico pero considero que ha habido un error al no reformarse el Código Procesal porque el argumento netamente jurídico para obligarme a presentar un escrito electrónico tiene que ser una norma del código procesal porque ante la ausencia de ella, toda negativa a recibir escritos o sacar despachos tales como "previo a todo lo que fuese, constituya domicilio procesal electrónico" no tiene sustento jurídico alguno.
Ese es el argumento que usan para la inconstitucionalidad, aunque no te la den, si sos demandado podes pilotear un par de meses si metes como primera respuesta eso, porque aparte de resolver te lo tienen que notificar en papel tambien
Otra cosa a tener en cuenta es que el domicilio electrónico no excluye ni desplaza al procesal físico porque de hecho hay que tener constituido ambos porque es una carga impuesta por el código. En las distintas charlas a las que asistí sobre este nuevo sistema siempre dijeron que todo termina dependiendo de la buena fe del profesional de hacer un buen uso o no del sistema electrónico y que hay ciertas resoluciones que si o si serán notificadas al procesal físico con el formato papel (sentencia definitiva, por ejemplo).
Mas que de la buena fe del profesional, de la buena fe del juzgado, porque son ellos quienes a modo de pequeño feudo van a tener la batuta en las mesas de entradas pudiendo complicar o facilitar las situaciones que se den "en el momento"

Por el caso de la sentencia definitiva, en papel seguro solo se la notifican a la parte en su domicilio real si no actua por apoderado, al letrado en el constituido electronico y si es apoderado a la parte no le mandarian nada
 #1144416  por slsm
 
En el día de la fecha la SCBA dictó la resolución nº 1407 por la cual autoriza, hasta el día 16 de febrero de 2017, a los profesionales que soliciten de manera fundada, que se los excepcione de la aplicación del sistema de notificaciones y presentaciones electrónicas.
RESUELVE :
Artículo Iº: Los Titulares de los órganos de los fueros Civil y Comercial, de Familia, Contencioso Administrativo, Laboral y de la
Justicia de Paz podrán, en aquellas situaciones o circunstancias particulares que afecten el uso del Sistema de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas, a solicitud del profesional interesado de manera fundada, excepcionar la aplicación del mismo."
 #1144621  por flux
 
En el día de la fecha la SCBA dictó la resolución nº 1407 por la cual autoriza, hasta el día 16 de febrero de 2017, a los profesionales que soliciten de manera fundada, que se los excepcione de la aplicación del sistema de notificaciones y presentaciones electrónicas.
RESUELVE :
Artículo Iº: Los Titulares de los órganos de los fueros Civil y Comercial, de Familia, Contencioso Administrativo, Laboral y de la
Justicia de Paz podrán, en aquellas situaciones o circunstancias particulares que afecten el uso del Sistema de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas, a solicitud del profesional interesado de manera fundada, excepcionar la aplicación del mismo."
Mal no esta, pero de vuelta, queda a criterio de cada juzgado. Y el problema es que si se hace general que todo mundo pueda excepcionarse porque asi lo pide

Entonces nadie va a querer usar el sistema electronico..., para que? para que los demandados siempre pidan el formato papel asi ganan tiempo y estiran el juicio y el acreedor tiene que correr como un cohete por los plazos? sumado el problema de que si uno pide el formato papel entonces presenta todo en papel... y como se lo mandan al mail ese papel a la contraparte si no tiene domicilio fisico? en el juzgado se van a poner a escanear hoja por hoja lo que presenta el demandado que pide usar papel? hagamosnos una idea de lo que va a tardar eso
 #1144695  por iustitia07
 
TOKEN - MEDIDA CAUTELAR PARA FRENAR ENTRADA EN VIGENCIA
A tres días hábiles de la entrada en vigencia del Sistema de Presentaciones y Notificaciones Electrónicas y agotadas las gestiones realizadas ante el Colegio de Abogados de La Plata y la SCBA entendimos necesario presentar una solicitud de medida cautelar a efectos de proteger los intereses de los matriculados y la correcta administración de la Justicia.
Consideramos firmemente que el canal de resolución de este dilema debe ser institucional, a través del diálogo y la participación de todos los actores involucrados. Creemos que aún estamos a tiempo. Sin embargo, la falta de respuesta y la inminente entrada en vigencia del nuevo sistema reclama recurrir a los medios que provee la justicia, reafirmando nuestro compromiso con la protección de los intereses de los matriculados.
Enlace a la presentación de Solicitud de Medida Cautelar presentada por el Frente de Abogados La Plata: https://goo.gl/VTMhgE

Posteriormente, y ante la Resolucion de la SCBA agregamos un escrito ampliatorio a la medida cautelar solicitada para suspender la entrada en vigencia del SNPE. Dictada la resolución 1407 por la SCBA resultaba relevante adecuar la petición original al actual estado de cosas y sostener la necesidad del dictado de la cautelar solicitada.
Asimismo, la magistrada a cargo ordenó el diligenciamiento de oficios a la SCBA y al COLPROBA a efectos de requerirles que en plazo de 3 días informen sobre:
* Cantidad de matriculados capacitados para la utilización del SNPE;
* La existencia de un sistema ágil de soporte teécnico y de evacuación de consultas para los profesionales;
* Cuantos matriculados cuentan con el correspondiente "token"
Enlace de escrito complementario a medida cautelar en relación a la resolucion 1407/2016:https://goo.gl/KAivpW
 #1144790  por flux
 
Los argumentos netamente legales que apuntan a que el sistema es inconstitucional son todos ciertos, la forma en que se implemento el sistema (resolucion por sobre CPCC) es una cagada juridica
Otro motivo grave es que no poseo servicio de internet porque me resulta costoso, tampoco poseo dinero para comprarme una nueva pc o no la poseo y me la prestan y tampoco poseo dinero para comprar el token. No puedo vivir de esta profesión o apenas subsisto o cualquier otro motivo. La Suprema Corte irrazonablemente violando el art. 28 de la Constitución Nacional da por hecho que poseo esos servicios o no le importa que no los tenga incluida la luz, puedo estar enganchado de la luz o no tener a mi nombre dicho servicio. Imponérseme utilizar ese sistema y contratar servicios viola mi derecho constitucional de propiedad que consagra el art. 17 de la C.N.
Esto la verdad no lo veo como razonamiento logico, porque el costo de la resma de papel, el costo del cartucho de tinta, el costo del constituido fisico, y el costo de los viaticos; superan ampliamente al costo unico de ir a comprarse un token

Claro, hay que agregarle que hay que tener PC e internet..., bueno, eso no cierra, en que cabeza cabe que estes ejerciendo de abogado y no tengas eso

Y no hablamos de una pc de alta gama ni de una internet de fibra optica. Mi vieja pc del 2001 (15 años de vieja ya) puede con el sistema de notificaciones electronicas (es una pc que si la comprases usada hoy valdria de 800 a 1200 pesos, por olx, monitor aparte)

Lamentablemente no cierra, porque el costo del viatico para ir a dejar nota todos los martes y viernes, el costo del constituido fisico, el costo del cartucho de tinta, y el costo de la resma superan en menos de 6 meses el valor de poner una pc, comprar un token y poner internet
A parte yo no tengo estudio, atiendo en la vereda de mi casa
Y yo en el sotano de la casa de mi mama :lol:
Por las pocas causas que pudiera tener, en un solo departamento judicial, me resulta económico la presentación de escritos en papel, a veces lo presento en una hoja blanca y escribo en birome negra y no necesito gastar en cartuchos.
Cuando haces eso mas de dos o tres veces y ven que no son urgencias te rebotan en el juzgado alegando que asi no aceptan los escritos y te proveen que los presentes a maquina como minimo
El nuevo sistema viola el libre ejercicio profesional, ¿Qué pasa si se te corta la luz y no te vuelve? ¿van a negar presentar escritos en formato papel porque estaríamos obligados a hacerlo?
Alega situacion excepcional y solicita dispensa del sistema, y ahi te lo aceptan
La mayoría de ustedes desconocen de derecho constitucional porque no estudiaron ni se recibieron en la UBA, por eso solo llamo DOCTORES a los que solo se recibieron en la UBA, el resto no existe, por culpa de todos los recibidos en las truchas facultades del país están arruinaron la profesión, políticos recibidos en la de lomas votados por los de lomas controlan todo, desde los colegios hasta la justicia por jueces recibidos en la de lomas. Esos mediocres a quienes nunca voté (incluyo a los recibidos en la católica a quienes le entregaron el titulo por haberse puesto debajo de la sotana del cura) ignoran la Constitución Nacional, y esos colegios de abogados de mierda presentan amparos “PARA QUE POSPONGAN ese sistema”, no para solicitar su INCONSTITUCIONALIDAD. El colegio lo controlan estos delincuentes que se creen abogados y doctores por haberse recibido en la de Lomas y la católica, quienes representan y defienden SUS INTERES Y LA DE LOS GRANDES ESTUDIOS.
Ahora si me cierra, sos de la UBA, pero atendes en la vereda y haces los escritos a birome negra...

Ahora si te creo todo, seguro que te dio clases zaffaroni :lol:
 #1144799  por santiheladero
 
Dejn de llorar por esto. Es muy sencillo el sistema, 2 o 3 clases y le agarras la mano. Es perder la costumbre de no patear mas sjuzgados,y el miedo a que se te venza algo, o no saber como presentar una urgencia... pero una vez q todos le agarren la mano no lo sueltan mas.
 #1144806  por flux
 
Eso son los argumentos legales y me parecen barbaros, tenes razon, es inconstitucional de aca a la china

Lo que no me cierra son los argumentos ECONOMICOS de que el token encarece la profesion

Eso es verso, es al contrario, reduce los gastos de resmas, cartucho de tinta, viaticos, constituido fisico, etc...

Ahora que si me queres vender el cuento de que vos litigas sin internet, y sin pc..., bueno, contate uno de harry potter y las reliquias de la muerte

Eso no es posible, que me cuenten del letrado que aun sigue con una olivetti y haciendo los escritos a maquina solo es creible si no tenes mas de 2 causas..., en cuyo caso tenes que replantearte si te sirve ser abogado (pagar matricula, pagar monotributo, pagar cao, etc.) solo para dos causas
Me obligan a contratar un servicio de internet que no poseo, no poseo teléfono de línea solo celular. Existe una empresa telecentro te cobra mil pesos por mes y esa plata mensual no la tengo.
Con lo que te ahorras de constituido fisico, de viaticos, de tinta, de resmas de hojas..., podes contratar un servicio de internet

1000 por mes? quien te manda a pagar telecentro 50 mb usuario vip?

Contrata algun ADSL como telefonica y no pasas los 500 mangos (telefono mas internet)..., y tambien vas a gastar menos de ce celular..., porque el llamadito por celular cuesta mas caro que el telefono de linea
Te llega a subir la tensión de la luz y te quema el token
Aprende un poco de tecnicatura en armado de pc..., nunca por una suba de tension el token se te va a quemar..., entra por USB, la tension promedio es de a 1 a 2 amp...

Si te sube la tension lo que mas te puede pasar es que tengas una voladura de fuente de la pc y con mala suerte, quiza, llegue a la mother..., pero me vas a decir que tenes la PC conectada sin estabilizador? eso es como ir a ponerla sin preservativo..., aguantate si volves con algo encima
¿Qué pasaría si tenes un vencimiento y se te corta la luz o el servicio de internet? atenta contra el libre ejercicio profesional
Lo presentas en papel..., acaso no leiste que el sistema permite excepciones?
Yo me recibí en la UBA y mis abogados ídolos son los que te nombré, sin compartir ideologías
Si te recibiste en la UBA y sos tran croto que me decis que ejerces sin telefono de linea, sin pc, sin internet, y demas..., y solo con un celular y maquinola de escribir...

Dejate de joder..., o el nivel de la UBA es malisimo si saliste asi..., o ni una de mas mejores universidades de argentina te pudo encarrilar
todos ineptos que se creen abogados y doctores por haberse recibido en la de la Plata o Lomas. No se encuentra un solo abogado de la UBA como empleado judicial, tampoco ningún juez porque en provincia los discriminan en los cargos públicos
Esta es la mejor..., podes criticar a lomas, bueno es logico, hay motivos..., pero criticar a la de La Plata??? :shock:

Es mejor que la UBA la de La Plata, por lejos, porque no tiene ese plan de mierda del CPO que no sirve pa ni merda salvo que solo tengas la maravillosa suerte de pegarla con la especializacion que elegiste

Y si no hay jueces en provincia de la UBA que los egresados de la UBA vayan llorar carguitos a la capital..., que extraño que viniendo de la UBA sean tan arrastrados para venir a pisar la mugre de la provincia y encima por sueldos mas bajos..., no sera que hay tantos de la UBA que ya se estan cagando de hambre y quieren cazar cualquier cargo porque no se bancan litigar?
A mi me sale barato hacer los escritos en hoja resma y en birome negra
Un egresado de la UBA presentado escritos asi es un chiste...

Chiste porque una demanda escribiendola a birome estarias mas de 10 horas

Y chiste porque si tan buena es la UBA no se como habras hecho para hacer los trabajos para entregar aya solo con birome y una hoja A4
Qué tenes que salir con el tema de la pc, ¿vos crees en tu imaginación del rancho lomense o de la Plata donde te recibiste que todos tenemos una pc o el ultimo celular? ¡Vos me vas a comprar la PC o el nuevo celular?
Si sos de la UBA y tan bueno sos porque venis de ahi..., deberias tenerlo. Encima que no te se habla de un pc de altisima gama o un galaxy s7, con un celular normal y un pc usado del año 2000 ya podes trabajar

Y con el titulo que tengo poseo 4 pc en mi estudio, dos viejas del año 2001 aproximadamente (una comprada usada, ambas se usan para emergencias), otra del año 2009 que a precio de hoy seria un pc de 7 mil pesos (la de trabajo), y otra comprada a fin del año pasado de 32 mil pesos (que la uso para jugar videos, si es para solamente eso). Vos te recibiste en la UBA para andar haciendo escritos a birome negra en una hoja canson arrancada de algun anotador. Y si se me corta la luz me cago de risa..., tengo grupo electrogeno para emergencias. Una bilioteca de mas de 25 lucas a precio de hoy (tarde 10 años en poder comprarla) y un estudio directamente armado en una casa de 3 ambientes, 2 dependencias (semi piso y cuarto de deposito), patio, y lavadero aparte... como merda hice con un titulo tan pedorro entonces? Me quedo con mi titulo..., me da mejores resultados que el tuyo
 #1144823  por santiheladero
 
HernanUBA escribió:
santiheladero escribió:Dejn de llorar por esto. Es muy sencillo el sistema, 2 o 3 clases y le agarras la mano. Es perder la costumbre de no patear mas sjuzgados,y el miedo a que se te venza algo, o no saber como presentar una urgencia... pero una vez q todos le agarren la mano no lo sueltan mas.

¿En que año te recibiste y en donde? ¿Cuántos años tenes?
Te aclaro que yo no estoy llorando, tengo fundamentos para que algún juez que piense como yo me de la razón.
quejarte de tener q pagarte internet es de lo peor q he leído. De donde haces vos tu profesión? que tenes los tomos de Jurisprudencia argentina y el Derecho? donde buscas leyes, fallos, ? donde buscas las direcciones de los juzgados? como te comunicas con tus clientes? como vivis?

por favor flaco....no te estoy diciendo q sea un invento q va a salvar vidas... pero pisa un tribunal de familia alguna vez y vas a ver si esto no mejora la profesión..
 #1144829  por santiheladero
 
vos no sos doctor ni colega de nadie. No me interesan tus pergaminos individuales, ni donde estudiante. EN la UBA escribiendo "HE ingresas" no pasas de teoría del estado.
Lo mejor que podes hacer es juntar guita para pagarte la profesión y dejar de mendigar aca.