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  • Cesion de derechos hereditarios de conyuge superstite

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 #1144762  por gourfali
 
Consulta de sucesión. Señor casado muere con un depto como unico bien del acerbo del cual es titular y el cual compro estando casado. El señor no tiene hijos ni padres. Hereda todo el conyuge superstite. Esta ultima cede todos los derechos hereditarios a su unico hijo. Mi duda es: al ceder los derechos, ¿cede el 50 por ciento de la propiedad o la totalidad? Es que si antes se disuelve la sociedad conyugal queda la mitad para la mujer y la mitad es del marido. Es decir, hereda la mitad porque la otra ya es suya. Entonces, mi consulta es si debe ceder la herencia y vender el otro 50 por ciento para que quede todo a nombre del hijo o con la cesión de derechos hereditarios realizada antes de la declaratoria alcanza. Gracias por la ayuda (¿Se entendió?).
 #1144768  por legalescom
 
Si cede los derechos hereditarios, sólo podrá serlo por el 50 % que recibe de la sucesión de su cónyuge. Del otro 50%, sólo puede desprenderse, vendiéndolo, donándolo, permutándolo, etc., pero nunca cederlo, como derecho hereditario, ya que no es tal, al no corresponder a herencia alguna.