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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1144870  por omarc
 
Hola Colegas! soy nuevo en el foro y también en el ejercicio de la profesión.
Les consulto,por algunas referencias u opiniones respecto al siguiente caso:
Mi clienta trabajo como monotributista en una clínica,durante tres años y medio (hasta abril de 2015), donde deja de trabajar por licencia de enfermedad, dado que se encontraba embarazada y era hipertensa. En julio es mama, se toma unos meses mas como licencia por maternidad. Todo este tiempo transcurre sin percibir remuneración alguna ( no emite factura). Al querer reincorporarse, le ofrecen verbalmente turno noche y ella no lo acepta.
Lo que yo haria es intimar a q registren la relación laboral por 24013 (para q despues de tanto tiempo no me respondan con el 241 3er parrafo); cualquier cosa puedo aducir, q verbalmente se convino 3 meses de licencia por maternidad a contar desde el nacimiento y la excedencia de 6 meses.
Que me recomiendan? aguardo sus opiniones! muchas gracias!
 #1144920  por marinero2020
 
Es obvio que si le ofrecen turno noche es porque no la quieren mas en la clinica, enviaria un telegrama por correcta registracion, abone los aguinaldos, vacaciones, feriados no pagados y todo lo demas.

Slds.
 #1144947  por adessoma
 
En tu lugar, tal vez, para que no le apliquen un 241.3 le recomendaría que acepte el turno noche y lo tolere uno o dos meses. Y luego intimaría por 24013.
¿Cómo estás de testigos?
 #1145012  por omarc
 
Muchas Gracias por las respuestas. Desde que le propusieron el turno noche hasta que acudió a mi transcurrieron 8 meses y un año desde el nacimiento del hijo (julio de 2016). Como en este periodo transcurrido no facturo, va de cajon el 241.3. ]Mi estrategia es usar la licencia por enfermedad, la licencia por maternidad y periodo de excedencia como para justificar ese lapso. En este caso entro en una disputa de palabra desde mayo de este año y deberá probarse con testigos.
La idea es no perder el caso y llegar a un arreglo en ministerio de trabajo.
 #1145021  por DRA. MACA
 
omarc escribió:Muchas Gracias por las respuestas. Desde que le propusieron el turno noche hasta que acudió a mi transcurrieron 8 meses y un año desde el nacimiento del hijo (julio de 2016). Como en este periodo transcurrido no facturo, va de cajon el 241.3. ]Mi estrategia es usar la licencia por enfermedad, la licencia por maternidad y periodo de excedencia como para justificar ese lapso. En este caso entro en una disputa de palabra desde mayo de este año y deberá probarse con testigos.
La idea es no perder el caso y llegar a un arreglo en ministerio de trabajo.
Pero tu clienta anotició a la clínica de su estado de embarazo mediante telegrama?