por favor un colega amable, me podría asesorar el valor de un Régimen de Alimento para un menor.-en Provincia de Bs.As.muy agradecida. Male.
Si lo que queres saber es cuánto se paga el pedido de alimentos:
ARTICULO 39°: En los juicios de alimentos se fijará el honorario considerando monto del proceso la cantidad a pagar durante dos (2) años conforme a la escala del artículo 21°.
En los casos de aumentos, disminución, cesación o coparticipación en los alimentos, se tomará como base la diferencia que resulte de la sentencia por el término de dos (2) años, en base a la escala aplicable a los incidentes.
ARTICULO 21°: En todos los procesos susceptibles de apreciación pecuniaria, por las actuaciones de primera instancia o en Tribunales Colegiados de Instancia Unica, hasta la sentencia, el honorario del abogado será fijado entre el ocho (8) y el veinticinco (25) por ciento de su monto.
Eso lo paga el alimentante
Algunos colegas aparte de eso acuerdan el pago de 2 o 3 cuotas de alimentos por parte de la cliente cuando empieza a percibir los alimentos acordados o fijados por el juez.
Espero haber sido de ayuda.
Saludos!