Estimados colegas,
Les escribo porque tengo un caso donde la compañía de seguros excluye de cobertura a su asegurado (demandado en autos) porque supuestamente le da un uso comercial al vehículo cuando la póliza especifica que está destinado a uso particular exclusivamente.
El vehículo en cuestión es una camioneta 4x4 último módelo que está ploteada con una publicidad de una empresa de venta y mantenimiento de equipos de climatización. En ppio, no aparenta ser una camioneta que la usen para cargar o trabajar. Inclusive el choque fue a 300 km del domicilio del demandado, en otra Provincia.
Yo voy por la parte actora, tengo que contestar traslado y me surgen unas cuantas dudas:
- ¿Es realmente darle un uso comercial el que esté ploteada? Me refiero no desde el hecho de que el hacer publicidad sea considerado una actividad comercial, sino en que exista una agravación del riesgo o en las condiciones de cobertura como para ser motivo de exclusión. Porque siendo así cualquier vehículo puede ser considerado como tal. Yo uso el mío para visitar clientes, ir a tribunales, etc, etc, etc.
- El demandado está en rebeldía, me conviene insistir contra la Cia de seguros por este asunto o qué puedo hacer?
- Me preocupa también el tema costas. Planteada la exclusión, con el demandado rebelde, no quiero comerme las costas de la Cia de seguros. Si acepto la exclusión, cómo debería contestar traslado para no tener que pagar mi cliente las costas por la exclusión, pero sí seguir manteniendo la base de mi reclamo contra el demandado rebelde?
Muchas gracias por su ayuda!
Les escribo porque tengo un caso donde la compañía de seguros excluye de cobertura a su asegurado (demandado en autos) porque supuestamente le da un uso comercial al vehículo cuando la póliza especifica que está destinado a uso particular exclusivamente.
El vehículo en cuestión es una camioneta 4x4 último módelo que está ploteada con una publicidad de una empresa de venta y mantenimiento de equipos de climatización. En ppio, no aparenta ser una camioneta que la usen para cargar o trabajar. Inclusive el choque fue a 300 km del domicilio del demandado, en otra Provincia.
Yo voy por la parte actora, tengo que contestar traslado y me surgen unas cuantas dudas:
- ¿Es realmente darle un uso comercial el que esté ploteada? Me refiero no desde el hecho de que el hacer publicidad sea considerado una actividad comercial, sino en que exista una agravación del riesgo o en las condiciones de cobertura como para ser motivo de exclusión. Porque siendo así cualquier vehículo puede ser considerado como tal. Yo uso el mío para visitar clientes, ir a tribunales, etc, etc, etc.
- El demandado está en rebeldía, me conviene insistir contra la Cia de seguros por este asunto o qué puedo hacer?
- Me preocupa también el tema costas. Planteada la exclusión, con el demandado rebelde, no quiero comerme las costas de la Cia de seguros. Si acepto la exclusión, cómo debería contestar traslado para no tener que pagar mi cliente las costas por la exclusión, pero sí seguir manteniendo la base de mi reclamo contra el demandado rebelde?
Muchas gracias por su ayuda!
