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 #943602  por vanesah
 
Hola, mi cliente me consulto si puede constituir una srl con dos actividades distintas, una relativa a la producción de ropa y la otra a transporte, si no son compatibles tales actividades se puede crear una srl asi?
 #943854  por ays
 
Hola! les paso el instrumento que hice, espero que este ok!!! fui a la IGJ y me dijeron que no hace falta dictamen en este caso ni publicar porque constitui en el edicto...esperemos que me hayan dicho bien...les paso para ver que opinan!
El tema es que si deben firmar los dos socios, uno esta de vacaciones por 1 mes!!! saben si solo firma el gerente? o si debo pedir prorroga?

En la Ciudad de Buenos Aires a los 18 días del mes de Marzo de 2013, reunidos los señores: xxxxx, DNI xxxxxxaños de edad, fecha de nacimiento xxxx, soltero, Argentino, de profesión xxx, con domicilio en calle xxxx, Ciudad Autónoma de Buenos Aires; y xxxxx Provincia de Buenos Aires, CONVIENEN: atento la Vista de fecha 13 de Marzo del 2.013, realizada por la Inspección General de Justicia con motivo de la presentación de la constitución de la Sociedad de Responsabilidad Limitada que se denominará xxxxx SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA proceder a realizar el presente instrumento complementario por el cual se agrega el punto 3 y punto 4 de la cláusula OCTAVA del contrato social suscrito en la Ciudad de Buenos Aires a los xxxx del mes de febrero de 2013. Se conviene que el punto 3 de la cláusula OCTAVA establecerá: “Los socios se adhieren a cláusula de garantía prevista por el art. 75 de RESOLUCION GENERAL I.G.J. 7/05 o a las que en un futuro las reemplacen”. Se conviene que el punto 4 de la cláusula OCTAVA establecerá: “Los socios resuelven constituir domicilio especial del gerente en sede social”. Esta resolución la adoptan con la presencia del 100% del capital social y por unanimidad. En consecuencia la Cláusula OCTAVA quedará redactada de la siguiente manera: “1.- La administración, representación legal y uso de la firma social estarán a cargo de un socio gerente, la duración en el cargo será de 4 años y podrá ser reelegido por tiempo indeterminado. 2.- Tendrá todas las facultades para administrar y disponer de los bienes, e incluso para los actos que requieren poderes especiales conforme al art. 1881 del Código Civil y art. 9 del decreto ley 5.965/63. A tal efecto, en este acto se designa para tal función al socio Sr. xxxxx. 3.- Los socios se adhieren a cláusula de garantía prevista por el art. 75 de RESOLUCION GENERAL I.G.J. 7/05 o a las que en un futuro las reemplacen. 4.- Los socios resuelven constituir domicilio especial del gerente en sede social.”
Queda autorizada la Dra.xxx y la Dra. xxxx para tramitar el presente instrumento complementario ante la Inspección General de Justicia con facultades de aceptar las modificaciones que se indiquen, otorgando los instrumentos que resulten necesarios, acompañar y desglosar documentación.
 #972514  por vgutierrez
 
Hola!
Tengo que constituir una SRL en Provincia de Buenos Aires. Es la primera vez que lo tengo que hacer y estoy un poco perdida. Les agradeceré si alguien me puede orientar acerca de como es el tramite, y los costos y plazos, si son similares o no a los de la IGJ. Me dijeron que en provincia el tramite tardaba muchísimo y era más caro que en capital...
Muchas gracias a todos los que puedan darme una mano con esto. Es dificil cuando uno recien empieza...
 #983197  por Mariontrip
 
Hola Colegas!!! Les cuento que un cliente me encargo el siguiente trabajo para su SRL:
-RENUNCIA DEL SOCIO GERENTE Y DESIGNACION DE NUEVOS GERENTES
-CESION DE UN SOCIO
- AUMENTO DE CAPITAL POR EFECTIVO APORTADO POR LOS NUEVOS SOCIOS
- CAMBIO EN LA FECHA DEL CIERRE DE EJERCICIO
- CAMBIO DE SEDE SOCIAL

Estoy bastante desorientada....

Conforme averig[ué respecto a la cesión de todas las acciones de un socio (se va de la empresa) tengo que primero solicitar certificado de IGB en el registro de la propiedad para ver si se encuentra inhibido. Esto alguien me lo puedo confirmar?

En cuanto al nuevo aporte de capital se paga el 25% del nuevo aporte en el banco nacion?

Dictamen de praclificación por abogado y contador también es necesario?
La publicacion en el Boletin oficial es previo a toda la inscripcion en la IGJ no?

Agradeceré cualquier información y/o modelos!!!!!!!

Desde ya muchas gracias!!!!!!
 #1015814  por dracc
 
Hola!!estoy por constituir una SRL (x primera vez) y quería saber si la IGJ está sugiriendo un monto mínimo para el capital social? xq el monto establecido en la LSC es para la SA
Muchas gracias
 #1017220  por ays
 
SI, PUEDE. LOS HONORARIOS POR LA REDACCIÓN DE ESTATUTO ESTÁN REGULADOS EN LA LEY ARANCELARIA. SI MAL NO RECUERDO SE COBRA DEL 1 AL 5% DEL MONTO DEL CAPITAL SOCIAL (NO MENOS DE 500).
SUERTE!
 #1114300  por Pablospe
 
Necesitamos URGENTE! Un abogado matriculado en capital federal para la expedición de un dictamen de precalificación de:

Estatuto y acta de constitución de asociación civil

(Estos ya están elaborados de acuerdo a minutas y han sido adaptados de acuerdo a nuestras necesidades, también han sido revisados por estudiantes avanzados de derecho, pero sin matriculación en capital, así que probablemente no haya nada que modificarle a los documentos).

Ya tenemos formulario de reserva de denominación, solo nos falta el dictamen de precalificación de un abogado e imprimir ultimo formulario en web para presentar todo ante la IGJ. No necesitamos dictamen de contador público ya que el patrimonio es solo en efectivo mediante depósito en Banco Nación.

Recibimos dos presupuestos:

1- Costo de SOLAMENTE expedición de dictamen de precalificación de estatutos o:

2- Costo del dictamen de precalificación más costo de gestión del trámite en la IGJ entregándole ya todos los documentos preparados, para que este pendiente hasta el otorgamiento de personería jurídica.

Se paga solo en pesos argentinos en efectivo o mediante transferencia bancaria.
 #1126086  por emilianoqm
 
LorePerez escribió:Colegas, constituir una SRL es bastante sencillo, haganlo uds, si quieren aprender, xq repito es facil y no lleva mucho tiempo.

1) En la pagina de internet de IGJ consulta x el nombre y si no esta, hacen la reserva.
2) Redactan el estatuto, nada mas q eso, con firma certificada x escribano
3) Hay q hacer el dictamen de precalificacion
4) Van al Colegio a publicar el Edicto en el B.O, para eso, antes certifican la firma de abogado, y la del dictamen tambien
5) pagan la tasa de la IGJ
6) Sacan fotocopia simple (2) y protocolar del estatuto
8) Llenan el formulario de presentacion de la IGJ, pagan en la caja el arancel y presentan todo
7) Seguro de caucion de gerentes

Pueden llegar a tener problemas con el objeto, hay q tener cuidado con eso, pero si no hay objeciones si no me olvido de nada, es eso y nada mas.

yO TENGO DUDAS EN LOS PUNTOS 3 Y 4. L DICTAMEN DE PRECALIFICACION SE HACE EN EL COLEGIO DE ABOGADOS? 4. EN EL COLEGIO DE ABOGADOS SE PUBLICA EL EDICTO, PERO ANUNCIANDO QUE SE VA ACONSTITUIR UNA SOCIEDAD, O POSTERIORMENTE AL DICTAMEN DE LA IGJ SE PUBLICA EL EDICTO?
 #1126751  por JURIDIKUS
 
Quedo a disposición por si necesitan constituir una SA ó Srl en 72 hs. sin tener que realizar el depósito de integración. Eduardo Cardoso (JURIDIKUS)
 #1137250  por paolet
 
Hola, necesito ayuda!!
Necesito constituir una SRL y no tengo ni idea...
Creo que sé los pasos a seguir, primeramente porque leí los comentarios de todos (aunque, ha cambiado el procedimiento tengo entendido desde el 2013 al 2016), y estoy desde hace unos días leyendo la guía de IGJ.
Les comento, tengo hecha la Constitución de Sociedad de Responsabilidad Limitada... y ahí quedé... Creo que sé todo lo que hay que presentar, pero, evidentemente no sé cómo hacerlo ni en qué momento.
a) Se supone que ahora, con el estatuto tengo que ir a una escribanía a certificar la firma de los socios gerentes?
b) De dónde obtengo el número correlativo de IGJ y en que momento?
c) Imprimí el FORMULARIO N de IGJ, pero, no tengo para poner el número correlativo que me pide...
d) Alguien me podría pasar un modelo de dicatamen de precalificación profesional?

e) Para constituir la sede social, puedo poner la dirección de mi estudio? Tengo que hacer un poder para ser yo la apoderada?
f) Respecto a la documentación que acredite la aceptación del cargo... a qué se refiere?
g) Cómo y dónde obtengo el seguro de caución?

h) Sobre la publicación en el Boletín Oficial, es necesario (como dijeron en otro comentario) sacar la tarjeta con las coordenadas en el BO, o se puede hacer el trámite personalmente?
i) Es necesario hacer la reserva de denominación y pedir los informes de inhibiciones?

Las declaraciones juradas de Persona Expuesta Jurídicamente y de Beneficiario final lo sé hacer, pero, creo que para eso también me pide el número correlativo

Como verán, no tengo idea de cómo hacerlo!!! Y, quiero hacerlo para aprender, ya que le he dado estos trámites a un abogado que, después de cobrarme, me pidió que haga yo casi todo esto que estoy preguntando acá!!!

Desde ya, les agradezco
 #1146003  por SantiagoTejedor
 
ays escribió:Hola! te cuento, sacas el certificado de matricula y te vas al boletin oficial. Ahi te hacen llenar un formulario y te dan en el momento un usuario y clave. Asimismo la tarjeta de coordenadas. Ese usuario y tarjeta te sirve para todas las publicaciones que hagas, es mas haces todo sin moverte al b.o.
Te da opcion para incluso verificar, (si esperas en linea 20 minutos) si esta ok el edicto.

Te da opciones de pago, osea por tarjeta de credito o cupon para abonar en rapipago (en algunos), si pagas en rapipago el plazo a contar es desde que pagas, si abonas con tarjeta de credito, te mandan la factura a tu mail y ya comienza a correr el plazo. Esta muy bueno el cambio no? yo lo hice en 20 minutos todo y a las 72 salio la publicacion.

Yo no tengo aun mucha experiencia en sociedades, pero me han dicho colegas que aprtir del 1/1/13 cambio mucho todo. Lo del boletin, es positivo a mi parecer...

Sabes vos el tramite de la rubrica como es y si se puede con la personeria en tramite empezar a facturar??
Estimada, buenas tardes.

Le quería hacer una consulta, necesito publicar un edicto antes del 03/8/16 para mi SRL. El problema es que mi prima (Abogada) se matriculo hace 2 semanas y no llego a hacer el tramite del BO.
Hay posibilidad de que vos me hagas la publicación y y me envíes el comprobante de rapipago para que lo abone. Es la unica posiblidad porque mi prima no se hace tiempo de hacer los tramites para esa fecha.
Desde ya te agradezco la atención.

Saludos.
Santiago Tejedor
Cel 011-1569499940