Duda sobre Oficios! en un beneficio de litigar sin gastos, en provincia de Bs As, me ordenan en primer despacho diligenciar oficios al Registro Nacional del Automotor, al Registro de la Propiedad de la CABA y al de Provincia de Buenos Aires a fin de informar si el peticionante tiene bienes registrables. Ahora la cuestión es: QUE CLASE DE OFICIO USO EL OFICIO LEY 22172, ya que es extraña jurisdicción los dos primeros; o EL COMÚN Y EN SU CASO VAN FIRMADOS POR MI O POR EL SECRETARIO. desde ya muchas gracias.-