HOLA QUISIERA HACER UNA CONSULTA, A MI PADRE EN 2008 LE REALIZARON POR ESCRITURA UNA DONACION CON ACEPTACION DIFERIDA, MI TIA FALLECIO ESTE AÑO Y EL NO HIZO LA ACEPTACION DE TAL DONACION CUANDO ELLA VIVIA, PUES EL ESCRIBANO NO LE COMUNICO QUE DEBIA HACERLO, YA NO ES VALIDA? GRACIAS!
A mi modo de ver y entender, la aceptación, debió hacerse en vida del donante, pero, algunos escribanos, interpretan que por el, aplicable a tu caso, derogado art. 1795. "Si el donante muere antes que el donatario haya aceptado la donación, puede éste, sin embargo, aceptarla, y los herederos del donante están obligados a entregar la cosa dada". podría ahora aceptarla, no obstante la muerte del donante.
Ahora, por el nuevo Cód., no podría hacerse, ya que dice el nuevo Art. 1545.- Aceptación. La aceptación puede ser expresa o tácita, pero es de interpretación restrictiva y está sujeta a las reglas establecidas respecto a la forma de las donaciones. Debe producirse en vida del donante y del donatario.
