Mi cliente fue despedido verbalmente el 18/08/16. El 19/08/2016 envió telegrama solicitando debida registración de categoría, jornada y remuneración porque estaba registrado en una categoría menor, con un salario menor y menos horas. Además se intimó al pago de salarios adeudados, diferencias salariales por convenio de empleados de comercio. El mismo día se mandó telegrama a la AFIP. El domicilio del empleador estaba cerrado en primera visita (22/08/2016) pero fue entregado en la segunda visita el 23/08/2016. El tema es que el 22/08/2016 mi cliente encuentra un aviso de visita de una CD enviada por su empleador la cual fue retirada del correo el 23/08/2016 y mediante la cual lo despide alegando causa de mal desempeño en el trabajo.
Mi consulta es: siendo que el telegrama por empleo no registrado fue recibido el 23/08/2016 y la CD enviada por el empleador se dejó aviso de visita el 22/08/2016 pero fue retirada por mi cliente el 23/08/2016, se mantiene procedente el reclamo por trabajo no registrado? En ese caso, me considero despedido indirectamente? Niego la causa de despido? O perdí el reclamo por empleo no registrado y me limito a contestar la CD negando las causales de despido alegadas por el empleado por falsas, considerándose mi cliente injuriado por ello y despedido sin causa conforme art. 245 LCT y art. 1 y 2 Ley 25.323? Gracias.
Mi consulta es: siendo que el telegrama por empleo no registrado fue recibido el 23/08/2016 y la CD enviada por el empleador se dejó aviso de visita el 22/08/2016 pero fue retirada por mi cliente el 23/08/2016, se mantiene procedente el reclamo por trabajo no registrado? En ese caso, me considero despedido indirectamente? Niego la causa de despido? O perdí el reclamo por empleo no registrado y me limito a contestar la CD negando las causales de despido alegadas por el empleado por falsas, considerándose mi cliente injuriado por ello y despedido sin causa conforme art. 245 LCT y art. 1 y 2 Ley 25.323? Gracias.