benfer escribió:diego1989 escribió:En caso de los hombres, la ley remite al ar. 6 de la ley 25994 cuyo texto, según mi interpretación, dice que había que tener cumplida la edad jubilatoria durante el año 2004. ¿Eso significaría que los hombres que recién ahora cumplan los 65 o lo hagan en un futuro inmediato o los hubiesen cumplido durante el 2005 en adelante, no pueden usar la ley 25994?
Y la otra duda que tengo: ¿hasta que periodos se pueden adquirir en caso de los hombres, hasta Diciembre de 2003?
La leo y releo y tengo las mismas dudas que vos
NO ES ASI, EL PARRAFO SIGUIENTE DICE
Asimismo, todos aquellos trabajadores que, a partir del 1° de enero de 2004, tengan la edad requerida para acceder a la Prestación Básica Universal de la ley 24.241 y se encuentren inscriptos en la moratoria por la ley 25.865 y sus normas reglamentarias, podrán solicitar y acceder a las prestaciones previsionales a las que tengan derecho.
CON ESE CRITERIO, NO TIENE SENTIDO EL ART 22 DE LA LEY 27260, YA QUE NADIE SE PODRIA JUBILAR, BIEN CLARO LO DICE LO QUE CUENTAN CON LA EDAD JUBILATORIA A PARTIR DE ENERO DEL 2004, TAMPOCO EXISTIO ESE CRITERIO EN LA VIGENCIA DE LA 25994, YA QUE BENEFICIARIOS QUE CUMPLIERON LA EDAD EN EL 2005 , 2006 , SE JUBILARON