Hola! Tengo la siguiente situación: Hombre con aportes en la construcción inició jubilación bajo régimen de la ley 24241, ya que esperó a cumplir la edad de 65 y tiene más de 40 años de aportes, la mayoría en la construcción (obras viales) y continúa trabajando. Anses le solicita que renuncie a su empleo para pagarle el Haber. Mi duda es: si el no optó por el beneficio de los servicios privilegiados (x construcción), por qué debe renunciar? En la empresa quieren que siga trabajando. En Anses me dicen que es por el carácter de los servicios. Es así? Espero respuestas por favor!
sarabi escribió:Hola! Tengo la siguiente situación: Hombre con aportes en la construcción inició jubilación bajo régimen de la ley 24241, ya que esperó a cumplir la edad de 65 y tiene más de 40 años de aportes, la mayoría en la construcción (obras viales) y continúa trabajando. Anses le solicita que renuncie a su empleo para pagarle el Haber. Mi duda es: si el no optó por el beneficio de los servicios privilegiados (x construcción), por qué debe renunciar? En la empresa quieren que siga trabajando. En Anses me dicen que es por el carácter de los servicios. Es así? Espero respuestas por favor!debe renunciar a el trabajo si quiere cobrar la jubilación o seguir trabajando y si renuncia y luego reingresa que es muy común le van a dar de baja a el beneficio