Hola Colegas, necesito hacer una consulta a Uds. que tienen mayor experiencia en jubilaciones docentes en IPS.
El tema es el siguiente:
Mi clienta tiene 12 años y 6 meses de antigüedad en DGE y también 17 años y meses en Dipregep, algunos años fueron simultáneos, pero no todos.
El tema es que cesó en DGE al 2007 y continúa trabajando en escuela privada solamente hasta la actualidad.
En Consejo hoy me dicen que tengo que iniciar el Reconocimiento de servicios con fines jubilatorios en DGE (que está tardando año y medio aprox.) y una vez que tengo ese expediente, iniciar el código en Dipregep y sacar el turno en IPS.
Realmente estoy muy desorientada, por que me informaron que si no hago así, mi clienta no se va a poder jubilar.
He leido antes de escribirles, y encontré un post del año 2009, si no me equivoco , donde dice que se inicia un reconocimiento de servicios en dgcye (diag. 80 y 47 en La Plata) se presenta el cec15 en dipregep y con los dos exptes sellados se va a ips como en toda JAD.
Porfis, les ruego una aclaración al respecto ya que estoy desorientada en el caso en particular y no quisiere dejar sin cobrar a una persona por mi culpa. Cordiales saludos.
El tema es el siguiente:
Mi clienta tiene 12 años y 6 meses de antigüedad en DGE y también 17 años y meses en Dipregep, algunos años fueron simultáneos, pero no todos.
El tema es que cesó en DGE al 2007 y continúa trabajando en escuela privada solamente hasta la actualidad.
En Consejo hoy me dicen que tengo que iniciar el Reconocimiento de servicios con fines jubilatorios en DGE (que está tardando año y medio aprox.) y una vez que tengo ese expediente, iniciar el código en Dipregep y sacar el turno en IPS.
Realmente estoy muy desorientada, por que me informaron que si no hago así, mi clienta no se va a poder jubilar.
He leido antes de escribirles, y encontré un post del año 2009, si no me equivoco , donde dice que se inicia un reconocimiento de servicios en dgcye (diag. 80 y 47 en La Plata) se presenta el cec15 en dipregep y con los dos exptes sellados se va a ips como en toda JAD.
Porfis, les ruego una aclaración al respecto ya que estoy desorientada en el caso en particular y no quisiere dejar sin cobrar a una persona por mi culpa. Cordiales saludos.