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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1153520  por Santina87
 
Buenas, como están.
En un trámite de rectificación de partida que estoy llevando, donde no constaba el Dni de los padres del menor, ya que al momento de la internación y alta de la madre "consideraron en el hospital que estaban ilegibles" aunque con buena voluntad se veía claramente el punteado de los números respctivos... igualmente otorgaron el alta del recién nacido junto a su madre, con certificado de nacimiento y donde dice nombre del padre y la madre constan los nombre, pero dice DNI. NO PRESENTAN!! El reclamo administrativo que ellos hicieron ante el Registro Civil, no prosperó.

Inicie la rectificación de partida, ofrecí prueba.... historia clínica del hospital, aporté los dni (actualizados de los padres)...testigos. (todo producido e informado)

-La asesoria pidió pericia de adn.

-El juez contestó que se encontraba debídamente acreditada la identificación de los progenitores, como también los testigos aportados con sus declaraciones ...etc etc,. que a fin de no DILATAR EL TRÁMITE NORMAL DEL PROCESO , RESUELVE: "No hacer lugar a la pericia solicitada por la asesora, notifiquesela (arts. 457 y 471 CPCCBA).
- VA A ASESORIA>>>.

<<<<Vuelve el expte a letra con el siguiente despacho:
"Concédase en relación el recurso de apelación interpuesto contra la resolución de fs. xx (arts. 245 CPCCBA). JUEZ.

Ahora como sigo, entiendo que el recurso fue concedido...
ahora...La parte se tiene que notificar de esta concesión del recurso en relación... y luego puedo pedir se libre el oficio al Registro de las personas respectivo?
Gracias , si algun colega que tenga experiencia en el fuero y pueda darme una mano.
 #1153540  por Squonk
 
Entiendo que una vez firme la providencia que concede el recurso, tendrían que darte traslado de los agravios para que los contestes y luego se elevarán al Superior para el tratamiento del recurso.
 #1153584  por Santina87
 
Squonk escribió:Entiendo que una vez firme la providencia que concede el recurso, tendrían que darte traslado de los agravios para que los contestes y luego se elevarán al Superior para el tratamiento del recurso.
Los padres se pueden notificar mediante un escrito de dicha providencia. Es más me han manifestado.que no tienen ningún problema en realizsarse el ADN.
Qué pensás? Podría proponerlo directamente? Cuestión de acortar los plazos..xq el nene necesita el acta de nacimiento en la escuela..esto lleva años de reclamo administrativo .. y este proceso que lleva meses para avanzar..
 #1153635  por Squonk
 
Sin perjuicio del trámite del recurso, yo pediría una audiencia para citen a las partes y a la Asesora Tutelar para resolver la cuestión
 #1153650  por Santina87
 
Squonk escribió:Sin perjuicio del trámite del recurso, yo pediría una audiencia para citen a las partes y a la Asesora Tutelar para resolver la cuestión
Te re agradezco Squonk, voy a seguir tu consejo. Muchas gracias!
Buen finde.
 #1154002  por Santina87
 
Santina87 escribió:
Squonk escribió:Sin perjuicio del trámite del recurso, yo pediría una audiencia para citen a las partes y a la Asesora Tutelar para resolver la cuestión
Te re agradezco Squonk, voy a seguir tu consejo. Muchas gracias!
Buen finde.
La asesora de incapaces, se notifica y apela la decisión del juez. Sigue pidiendo el adn.
Ahora que debo hacer yo?.. contestar? Xq hasta ahora va de despacho a asesoría y de asesoría recién lo puedo ver en letra

Loss padres quieren someterse al adn..sin inconveniente alguno.
Con un escrito simple puedo ofrecer pueba Pericial de adn? Así de simple? O me conviene pedir primero la audiencia con la asesora y que allí lo manifiesten?
Gracias x la ayuda.
Saludos
St
Dónde se hace la prueba? Ellos quieren agilizar.
 #1154242  por Squonk
 
Tratá de hablar con la persona que lleva el expediente y explicale toda esta situacion
 #1154470  por Santina87
 
Santina87 escribió:
Santina87 escribió:
Squonk escribió:Sin perjuicio del trámite del recurso, yo pediría una audiencia para citen a las partes y a la Asesora Tutelar para resolver la cuestión
Te re agradezco Squonk, voy a seguir tu consejo. Muchas gracias!
Buen finde.
La asesora de incapaces, se notifica y apela la decisión del juez. Sigue pidiendo el adn.
Ahora que debo hacer yo?.. contestar? Xq hasta ahora va de despacho a asesoría y de asesoría recién lo puedo ver en letra

Loss padres quieren someterse al adn..sin inconveniente alguno.
Con un escrito simple puedo ofrecer pueba Pericial de adn? Así de simple? O me conviene pedir primero la audiencia con la asesora y que allí lo manifiesten?
Gracias x la ayuda.
Saludos
St
Dónde se hace la prueba? Ellos quieren agilizar.
Hice la consulta (pocos segundos me dedicó la persona encargada), me dijo: "Haga un escrito y manifiéstelo".

Qué pasa con el recurso...? :shock:
 #1154489  por Squonk
 
Respecto del recurso, tendrías que contestar los agravios del Asesor Tutelar, que seguramente te dieron traslado
 #1154536  por Santina87
 
Squonk escribió:Respecto del recurso, tendrías que contestar los agravios del Asesor Tutelar, que seguramente te dieron traslado

No me dieron traslado.., y tampoco me notifique x nota.
 #1155027  por Santina87
 
Santina87 escribió:
Squonk escribió:Respecto del recurso, tendrías que contestar los agravios del Asesor Tutelar, que seguramente te dieron traslado

No me dieron traslado.., y tampoco me notifique x nota.

Acá te copio :
asesora de incapaces: c) A fin de acreditar el vínculo biológico entre los peticionantes y el niño de autos..solicito se efectue pericia de ADN y se libre oficio a Asesoría medico pericial a los fines de la extracción pertinente.

Juez: Surgiendo de las constancias obrantes a fs. ...la identificación de las partes omitidas en el certificado de nacimiento (cuya certificación es objeto de autos) aclare el MP la necesidad de realizar pericia ADN requerida.

Asesora: En atención la vista conferica y sin perjuicio de lo que se desprende del informe fs... del mismo no surge constancia de identificación con el Sr.... (padre). Por lo expuesto, reitero el punto c) de mi dictamen de fs....solicitando la pericia respectiva a los fines de acreditar víunculo biológico.

Juez: FS. 82 Atento a las constancias, de fs...se encuentra acredita la identifiación de ambos progenitores, como así también de las declaraciones testimoniales glosadas a fs... el carácter de hijo de Gonzalo(niño) a fin de no dilatar el trámite normal del proceso. Resuelvo: No hacer lugar a la pericia solicitada por la asesora. Notifiquesela.

[u]Asesora[/u]: Me notifico de la resolución de fs... y causando gravamen irreparable a mi asistido en tiempo y forma vengo a apelar la misma (arts. 242 , 243 y ccs CPCC).

Juez: Concédase en relación el recurso de apelación interpuesto contra la resolución de fs. 82. (ARTS. 245 cpccba). FIRMADO: JUEZ.
(no dice notifiquese).
 #1155063  por Squonk
 
Santina87 escribió:
Santina87 escribió:
Squonk escribió:Respecto del recurso, tendrías que contestar los agravios del Asesor Tutelar, que seguramente te dieron traslado

No me dieron traslado.., y tampoco me notifique x nota.

Acá te copio :
asesora de incapaces: c) A fin de acreditar el vínculo biológico entre los peticionantes y el niño de autos..solicito se efectue pericia de ADN y se libre oficio a Asesoría medico pericial a los fines de la extracción pertinente.

Juez: Surgiendo de las constancias obrantes a fs. ...la identificación de las partes omitidas en el certificado de nacimiento (cuya certificación es objeto de autos) aclare el MP la necesidad de realizar pericia ADN requerida.

Asesora: En atención la vista conferica y sin perjuicio de lo que se desprende del informe fs... del mismo no surge constancia de identificación con el Sr.... (padre). Por lo expuesto, reitero el punto c) de mi dictamen de fs....solicitando la pericia respectiva a los fines de acreditar víunculo biológico.

Juez: FS. 82 Atento a las constancias, de fs...se encuentra acredita la identifiación de ambos progenitores, como así también de las declaraciones testimoniales glosadas a fs... el carácter de hijo de Gonzalo(niño) a fin de no dilatar el trámite normal del proceso. Resuelvo: No hacer lugar a la pericia solicitada por la asesora. Notifiquesela.

[u]Asesora[/u]: Me notifico de la resolución de fs... y causando gravamen irreparable a mi asistido en tiempo y forma vengo a apelar la misma (arts. 242 , 243 y ccs CPCC).

Juez: Concédase en relación el recurso de apelación interpuesto contra la resolución de fs. 82. (ARTS. 245 cpccba). FIRMADO: JUEZ.
(no dice notifiquese).
Tiene cinco días para fundar el recurso
 #1155073  por Santina87
 
Independientemente a que los padres quieran hacerse el adn debo expresar agravios?
No entiendo xq la asesora interpreta que no está acreditada la identidad del padre.. primeramente de ambos y luego del padre. En el certificado de nacimiento del hospital están los nombres de ambos sólo que quien lo registró no se tomó el trabajo de leer el punteado. DNi siempre tuvieron ambos progenitores.